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BOC Nº 026. Lunes 7 de febrero de 2022 - 421

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V. Anuncios - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

421 CORRECCIÓN de errores del Extracto de la Orden de 20 de enero de 2022, por la que se convoca para la campaña 2022 la Acción I.5 “Ayuda a los productores tradicionales de tomate de invierno” del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (BOC nº 19, de 27.1.2022).

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BOC-A-2022-026-421. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 606740.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/606740).

Advertidos errores materiales en el extracto de la Orden de este Departamento
de 20 de enero de 2022, por la que se convoca para la campaña 2022 la Acción I.5 “Ayuda a los productores tradicionales de tomate de invierno” del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, y de conformidad con lo establecido en el
artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas, procede su corrección en los términos siguientes:

Donde dice:

“Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan:

1. En el caso de la Subacción I.5.1. Ayuda a la hectárea, los productores de tomate de invierno, los afiliados a una Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, que hayan sido beneficiarios de la Acción I.5 en las campañas 2018, 2019 y 2020, que comercialicen sus producciones en la campaña en curso, y cuyas superficies productivas se encuentren en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.”

Debe decir:

“Primero.- Beneficiarios.

1. En el caso de la Subacción I.5.1. Ayuda a la hectárea, los productores de tomate de invierno, que hayan sido beneficiarios de la Acción I.5 en las campañas 2018, 2019
y 2020, que comercialicen sus producciones en la campaña en curso, y cuyas superficies productivas se encuentren en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.”

Donde dice:

“Segundo.- Objeto.

Será objeto de subvención con cargo a esta convocatoria para la campaña 2021 (…).”

Debe decir:

“Segundo.- Objeto.

Será objeto de subvención con cargo a esta convocatoria para la campaña 2022 (…).”

Canarias, a 20 de enero de 2022.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA,
Alicia Vanoostende Simili.

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