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BOC-A-2021-266-5399.
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En ejecución de la función atribuida en el artículo 122.5.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y al artículo 155 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de septiembre de 2021, ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:
“ÁREA DE GOBIERNO DE URBANISMO, EDIFICACIÓN Y SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL
COORDINACIÓN GENERAL DE URBANISMO, EDIFICACIÓN Y VIVIENDA
SERVICIO DE URBANISMO
3. APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN MENOR DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA LA CLASIFICACIÓN COMO SUELO URBANO CONSOLIDADO POR LA URBANIZACIÓN Y ORDENACIÓN DE PARCELA SITUADA EN RECTA DE LOS TARAHALES-CALLE JUAN GUTEMBERG (UZO-03 “ALMATRICHE”), PROMOVIDA POR ESTE AYUNTAMIENTO A INSTANCIA DE DOÑA DOLORES CABRERA LÓPEZ, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE DÑA. LUZ MARINA, D. JOSÉ JUAN SALVADOR, DOÑA MARÍA DEL MAR, D. CECILIO, DÑA. LEONOR MARÍA ROSARIO, DÑA. ISABEL, DON MARTÍN JAVIER Y DÑA. MARÍA DEL PINO CLAUDIA DÍAZ GARCÍA Y DEL CONVENIO URBANÍSTICO ANEXO.
Se adopta el siguiente acuerdo:
ANTECEDENTES
1º. Por acuerdo plenario de este Ayuntamiento, adoptado en sesión ordinaria de fecha 26 de febrero de 2021, se procedió a la aprobación inicial de la Modificación menor del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria para la clasificación como suelo urbano consolidado por la urbanización y ordenación de parcela situada en Recta de Los Tarahales-calle Juan Gutemberg (UZO-03 “Almatriche”) y Convenio urbanístico, promovida por este Ayuntamiento a instancia de Dña. Dolores Cabrera López, en nombre y representación de Dña. Luz Marina, D. José Juan Salvador, Dña. María del Mar, D. Cecilio, Dña. Leonor María Rosario, Dña. Isabel, D. Martín Javier y Dña. María del Pino Claudia Díaz García.
2º. La información pública se llevó a cabo, tanto presencialmente en las oficinas de este Servicio de Urbanismo como a través de la página corporativa de este Ayuntamiento, habiéndose publicado el anuncio de información pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas el día 16 de abril de 2021, en periódico Canarias 7 de fecha 20 de abril de 2021 y en el Boletín Oficial de Canarias de 27 de abril de 2021, sin que conste la presentación de alegaciones. La ausencia de alegaciones queda acreditada en el expediente administrativo (páginas 521 y 522) mediante certificación emitida con fecha 13 de julio de 2021 por la Jefa de Negociado de Asistencia Ciudadana, por delegación de la Secretaría General Técnica de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
3º. El trámite de consulta se realizó a las siguientes Administraciones:
• Dirección General de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (Ministerio de Economía y Empresa) el día 13 de abril de 2021.
• Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial (Gobierno de Canarias) el día 13 de abril de 2021.
• Servicio de Planeamiento de la Consejería de Política Territorial y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria: 13 de abril de 2021.
4º. De las Administraciones consultadas, se recibió únicamente un informe, emitido con carácter favorable por la Dirección General de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (Ministerio de Economía y Empresa) con entrada el día 14 de junio de 2021-R.E. nº 86482-, sin que conste la remisión de ningún otro.
5º. Con fecha 21 de julio de 2021 se emitió informe por la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística, en relación con la necesidad de corregir y actualizar en el documento técnico de la Modificación de aprobación definitiva, las citas, articulado y documentos que hacen referencia como normativa vigente a las Normas de Ordenación Pormenorizada del PGO-2012 ya que en el transcurso de la tramitación de esta modificación ha tenido lugar la aprobación definitiva y entrada en vigor de la Modificación de las Normas Urbanísticas de la Ordenación Pormenorizada del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, a fin de que las referencias y artículos se ajusten al texto del PGO ahora vigente.
6º. Notificado a los promotores el día 22 de julio de 2021, con fecha 23 de julio de 2021 -R.E. nº 105984- presentaron documento técnico actualizado y corregido para su aprobación definitiva.
7º. La modificación tiene por objeto general clasificar, categorizar y ordenar la parcela, situada entre la Recta de Los Tarahales y la calle Juan Gutemberg, en el ámbito del UZO-03
“Almatriche”, de conformidad con lo establecido en el fallo de la sentencia del RCA nº 022/2013 por los promotores, que reconoció su condición de suelo urbano.
8º. Se ha emitido informe técnico favorable por la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística, con fecha 26 de julio de 2021, para el trámite de aprobación definitiva, en el que se recoge que en el documento presentado se han volcado los cambios y correcciones que habían de introducirse en el documento técnico.
9º. Consta informe jurídico del Servicio de Urbanismo, emitido el día 28 de julio
de 2021, favorable para el trámite de aprobación definitiva, respecto del que se ha emitido nota de conformidad por la Dirección General de la Asesoría Jurídica con fecha 4 de agosto de 2021.
10º. Solicitada la emisión del preceptivo informe a la Secretaría General del Pleno, este se emitió, con fecha 24 de agosto de 2021, con carácter favorable para el trámite de aprobación definitiva.
11º. Consta Dictamen favorable de la Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible emitido en sesión ordinaria de fecha 7 de septiembre de 2021.
DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, FUNDAMENTALMENTE
I. Artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, respecto a la competencia del Pleno para la aprobación inicial y definitiva de la presente Modificación del Plan General de Ordenación.
II. Artículos 163 y 164 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en cuanto al carácter de modificación menor de los instrumentos de ordenación.
III. El artículo 165 de la misma Ley, respecto del procedimiento de modificación de los instrumentos de ordenación.
IV. Los artículos 23.3 y 157.5 de la Ley 4/2017, en cuanto a la remisión del documento técnico de la modificación definitivamente aprobado al Registro de Planeamiento de Canarias y al Consejo Cartográfico de Canarias, respectivamente.
V. Artículo 155 de la citada Ley, en relación con el artículo 71.2 del Reglamento de Planeamiento de Canarias, y artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a su publicación y entrada en vigor.
Visto lo que antecede, el Pleno de la Corporación
ACUERDA
Primero.- Aprobación definitiva.
La aprobación definitiva de la Modificación menor del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria para la clasificación como suelo urbano consolidado por la urbanización y ordenación de parcela situada en Recta de Los Tarahales-calle Juan Gutemberg (UZO-03 “Almatriche”), promovida por este Ayuntamiento a instancia de
Dña. Dolores Cabrera López, en nombre y representación de Dña. Luz Marina, D. José Juan Salvador, Dña. María del Mar, D. Cecilio, Dña. Leonor María Rosario, Dña. Isabel, D. Martín Javier y Dña. María del Pino Claudia Díaz García, y del Convenio urbanístico anexo.
Segundo.- Remisión a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias.
La remisión del acuerdo de aprobación definitiva a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, acompañado de copia del documento técnico de la Modificación aprobada, debidamente diligenciada en formato digital y archivo electrónico abierto, para su inclusión al Registro de Planeamiento de Canarias.
Tercero.- Consejo Cartográfico de Canarias.
Asimismo, se remitirá al Consejo Cartográfico de Canarias, según lo previsto en el artículo 157.5 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo de Canarias y de Espacios Naturales Protegidos de Canarias (LSENPC), con los mismos requisitos formales.
Cuarto.- Notificación a promotores.
Notificar el acuerdo de aprobación definitiva a Dña. Dolores Cabrera López, en nombre y representación de Dña. Luz Marina, D. José Juan Salvador, Dña. María del Mar,
D. Cecilio, Dña. Leonor María Rosario, Dña. Isabel, D. Martín Javier y Dña. María del Pino Claudia Díaz García.
Quinto.- Remitir certificación de este acuerdo, junto con el instrumento de planeamiento aprobado, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición adicional segunda nº 6 del Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, en su actual redacción, a la Dirección General de Aviación Civil (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana).
Sexto.- Publicación de la aprobación definitiva.
La publicación del texto íntegro del acuerdo de aprobación definitiva y de la Normativa modificada, en el Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, respectivamente, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 144.9 y 155 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, produciéndose su entrada en vigor a los quince días hábiles de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la LRBRL, en relación con el artículo 103 del Reglamento de Planeamiento de Canarias.
En el anuncio de aprobación definitiva se hará referencia a dirección electrónica y/o fecha y boletín oficial en el que tuvo lugar la publicación del Informe Ambiental Estratégico de la presente Modificación.
Asimismo, la publicación del documento técnico de la Modificación definitivamente aprobada en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en el artículo 157.1 de la LSENPC.
Séptimo.- Régimen de recursos.
Hacer saber que contra el presente acto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación o recepción de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas), a tenor de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimaren oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos”.
Se hace constar que el Informe Ambiental Estratégico de la presente Modificación, formulado por acuerdo de la Comisión de Evaluación Ambiental de Planes, en sesión de de noviembre de 2018, resultó publicado en los Boletines Oficiales de la Provincia de Las Palmas y de Canarias de 3 de diciembre de 2018 y 7 de diciembre de 2018, respectivamente, y se encuentra disponible en la sede electrónica de la citada Comisión, en la página corporativa municipal con acceso a través de la siguiente ruta: https://www.laspalmasgc.es/es/online/sede-electronica/comision-de-evaluacion-ambiental-de-planes-00001/index.html#!tab-4
Entrada en vigor:
La Modificación aprobada entrará en vigor a los quince días hábiles de la publicación del presente anuncio en los Boletines Oficiales de Canarias y de la Provincia de Las Palmas, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.2 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de octubre de 2021.- La Secretaria General del Pleno, Ana María Echeandía Mota.
ANEXO
NORMATIVA DE APLICACIÓN
De conformidad con lo previsto en los artículos 103.1 del Reglamento de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace pública la Normativa que ha resultado modificada y queda redactada de la forma siguiente:
PARCELA RECTA DE LOS TARAHALES - CALLE JUAN GUTEMBERG
(UZO-03 “ALMATRICHE”)
NORMATIVA
Normas Urbanísticas de la Ordenación Pormenorizada del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria
Título 5 Normas Zonales
CAPÍTULO 5.11 NORMA ZONAL E
“Artículo 5.11.43 E40_ Los Tarahales.
Esta Norma es de aplicación a dos manzanas situadas en la Carretera de Los Tarahales. La manzana Norte limita en esta orientación con la calle Isaac Newton y se separa de la manzana Sur por una vía pública (escalinata) de 8 m. de ancho.
1. Condiciones de parcela:
a) Las parcelas se corresponden con las manzanas grafíadas en el plano de Regulación del Suelo y la Edificación, y no se admiten segregaciones.
b) Superficie:
- Manzana Norte: 1.020 m² (34 m en el lindero hacia la Carretera de Los Tarahales y 30 m en sentido transversal).
- Manzana Sur: 1.680 m² (56 m en el lindero hacia la Carretera de Los Tarahales y 30 m en el sentido transversal).
2. Condiciones de posición de la edificación:
a) Manzana Norte: la edificación se posicionará en la alineación oficial. Se permitirá, en el centro de la manzana, patio abierto a fachada hacia la Carretera de Los Tarahales y hacia la calle Juan Gutemberg, y con un ancho mínimo de 6 m.
b) Manzana Sur: la edificación se posicionará en la alineación oficial, dejando una franja de espacio libre en el centro de la manzana, de 8 m hacia la Carretera de Los Tarahales y la calle Juan Gutemberg y 30 m en sentido transversal).
3. Condiciones de ocupación:
a) Manzana Norte: un 100% en las dos primeras plantas y un 80% en el resto (tomando como referencia de altura la rasante de la Carretera de Los Tarahales).
b) Manzana Sur: la ocupación será la correspondiente a dos edificaciones 30 x 24 m, separadas entre ellas una distancia de 8 m.
4. Condiciones de edificabilidad:
a) Manzana Norte: la superficie edificable será de 5.000 m², medida sobre la rasante de la Carretera de Los Tarahales.
b) Manzana Sur: la superficie edificable será de 8.160 m², medida sobre la rasante de la Carretera de Los Tarahales.
5. Condiciones de altura para las dos manzanas:
a) 5 plantas hacia la Carretera de Los Tarahales y 3 plantas hacia la calle Juan Gutemberg, más un ático retranqueado 5 m. de la alineación de ambas calles.
b) El segundo forjado hacia la Carretera de Los Tarahales coincidirá con el suelo de la planta baja hacia la calle Juan Gutemberg.
c) La altura máxima de cornisa del ático será de 21,30 m tomada sobre la rasante de la Carretera de Los Tarahales.
6. Condiciones de composición:
a) Todos los planos exteriores de la edificación, inclusive los situados hacia patios abiertos a fachada o espacios libres privados de parcela, tendrán tratamiento de fachada y acabados con materiales de calidad y resueltas compositivamente como edificaciones exentas.
b) Se permitirán vuelos solo hacia la Carretera de Los Tarahales y la calle Juan Gutemberg, y según lo establecido en las Ordenanzas Municipales de Edificación.
c) En la Manzana Sur, el Espacio Libre Privado resultante entre los dos rectángulos de veinticuatro metros (24 m) por treinta metros (30 m) se establecerá como continuidad visual entre la carretera de Los Tarahales y la calle Juan Gutemberg.
d) En la Manzana Sur, la construcción sobre la altura máxima (caja de escaleras, ascensor e instalaciones) se sujetará a lo establecido en las Ordenanzas Municipales de Edificación.
Dicha construcción deberá estar retranqueada cinco metros de las fachadas de las calles Juan Gutemberg y Carretera de Los Tarahales.
7. Condiciones de uso:
a) Uso cualificado: vivienda en su categoría de Colectiva.
b) Usos vinculados:
En plantas bajo rasante, o en planta baja excepto en primera crujía:
En plantas bajo rasante de la Carretera de Los Tarahales o en planta baja de la misma calle, Transportes y Comunicaciones, en su categoría de Garaje-Aparcamiento, excepto en la primera crujía de la planta baja.
En planta alta sobre la rasante de la Carretera de Los Tarahales, con una profundidad de al menos la primera crujía desde la alineación oficial de la Carretera de Los Tarahales, serán uno o varios de entre los siguientes:
- Comercial, en las subcategorías de Pequeño Comercio y Local Comercial Tipo I.
- Oficinas, en la subcategoría de Local de Oficinas.
- Servicios Comunitarios, en sus categorías de Servicios Sociales, Cultural y Deportivo.
- Administración Pública.
- Recreativo-Ocio, en todas las subcategorías Tipo I.
c) Usos complementarios:
• En plantas inferiores a la de Vivienda:
- Comercial, en las subcategorías de Pequeño Comercio y Local Comercial Tipo I.
- Oficinas, en la subcategoría de Local de Oficinas.
- Alojamiento Turístico, en la subcategoría de Hotel.
- Recreativo-Ocio, en las subcategorías de Establecimientos para Consumo de Bebidas y Comidas, y Salas de Espectáculos Tipo I.
- Servicios Comunitarios, en todas sus categorías excepto los no adecuados en relación al uso cualificado.
- Servicios Públicos, en todas sus categorías, excepto los no adecuados en relación al uso cualificado.
• En plantas de Vivienda:
- Taller, en su categoría de Doméstico.
- Oficinas, en la subcategoría de Despacho Doméstico.
d) Usos alternativos:
- Alojamiento Turístico, en la subcategoría de Hotel.
- Oficinas, en la subcategoría de Local de Oficinas.
- Transporte y Comunicaciones, en su categoría de Garaje-Aparcamiento. Se podrá superar el número máximo de plantas establecido en la Norma Zonal, siempre que no se supere la altura máxima en unidades métricas.
e) Usos autorizables:
- Comercial, en la subcategoría de Local Comercial Tipo II.
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