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BOC Nº 254. Miércoles 15 de diciembre de 2021 - 5190

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Sanidad

5190 ORDEN de 8 de noviembre de 2021, por la que se aprueba la cuarta modificación parcial del Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para 2020-2022, aprobado por Orden de 25 de marzo de 2020.

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BOC-A-2021-254-5190. Firma electrónica - Descargar

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que se propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

La Disposición final primera de dicha ley atribuye carácter básico al precepto mencionado, resultando de aplicación a todas las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que su contenido pueda ser completado por las Comunidades Autónomas.

El artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.

Los planes estratégicos, como norma general, deben contener previsiones para un periodo de vigencia de tres años, y someterse, en todo caso, a las restricciones que en orden al cumplimiento de los objetivos de política económica y de estabilidad presupuestaria se determinen para cada ejercicio.

El artículo 7.3 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Asimismo, establece el artículo 8.1 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, que anualmente se realizará la actualización de los planes de acuerdo con la información relevante disponible.

Las actuaciones de fomento en el ámbito sanitario son realizadas, tanto por la propia Consejería de Sanidad, como por el Servicio Canario de la Salud, organismo autónomo adscrito a la misma, por lo que el presente Plan, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, incluye los objetivos estratégicos, las líneas de subvención, así como su régimen de seguimiento y evaluación, tanto del Departamento como del organismo autónomo.

Mediante Orden de la Consejera de Sanidad nº 205, de 25 de marzo de 2020, se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2020-2022.

Mediante Orden del Consejero de Sanidad nº 589, de 1 septiembre de 2020, se aprueba la modificación parcial del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2020-2022.

Mediante Orden del Consejero de Sanidad nº 208, de 5 de abril de 2021, se aprueba la segunda modificación parcial del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2020-2022.

Mediante Orden del Consejero de Sanidad nº 668, de 29 de septiembre de 2021, se aprueba la tercera modificación parcial del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2020-2022.

Con fecha 22 de julio de 2021 el Gobierno autoriza la ampliación de crédito nº 511/2021, del Servicio Canario de Salud con cobertura en baja en crédito de la misma Sección, con objeto de incrementar el crédito de la aplicación presupuestaria 39.21.313A.446.02, Línea de Actuación 394G1153 “Universidad de La Laguna. Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales”, con la finalidad de atender la concesión de una subvención al Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales y Salud Pública de la Universidad de La Laguna por importe de doscientos cincuenta mil (250.000,00) euros, en los siguientes términos:

Ver anexo en la página 52672 del documento Descargar

En virtud de lo expuesto, y a los efectos de reflejar la modificación de crédito autorizada, es necesario modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2020-2022, para incluir la siguiente línea de subvención:

Sección: 39 Servicio Canario de la Salud

Servicio: 39.21 Dirección General de Salud Pública

Programa: 313A Salud Pública

Ver anexo en la página 52672 del documento Descargar

Por último, la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, establece en su artículo 31.1.a) la obligación de publicar los planes estratégicos y de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

Por todo lo expuesto, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Planificación y Presupuesto con fecha 28 de octubre de 2021,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la cuarta modificación parcial del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2020-2022, aprobado por Orden de la Consejera de Sanidad nº 205, de 25 de marzo de 2020, a los efectos de proceder a modificar en el Anexo II “Subvenciones Directas”, para incluir la Línea de Subvención 394G1153 “Universidad de La Laguna. Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales”, en los términos del anexo a la presente Orden.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de noviembre de 2021.

EL CONSEJERO
DE SANIDAD,
Blas Gabriel Trujillo Oramas.

Ver anexo en las páginas 52674-52684 del documento Descargar

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