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BOC-A-2021-251-5128.
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BDNS (Identif.): 597402.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/597402)
Primero.- Beneficiarios.
Las pequeñas y medianas empresas canarias que realicen un proyecto de los indicados en la base 6.
Asimismo, podrán acogerse las agrupaciones de pequeñas y medianas empresas canarias constituidas a través de cualquiera de las formas jurídicas admitidas por la normativa mercantil vigente. También podrán presentarse agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica.
Las empresas referidas anteriormente deberán contar con, al menos, un año de constitución al momento de presentar la solicitud de subvención. Esta exigencia será de aplicación a las empresas que conforman la agrupación empresarial, pero no así a la estructura agrupada con la que se presentan al programa.
Las empresas beneficiarias en su modalidad, individual o agrupadas, deberán:
- Tener su domicilio fiscal en Canarias, o tener un establecimiento permanente en esta Comunidad Autónoma.
- Disponer y demostrar tener capacidad financiera suficiente para abordar un proceso de internacionalización.
- Disponer como mínimo de un producto o servicio propio con potencial de internacionalización.
Se considerará producto o servicio propio cuando alguna fase del proceso de su elaboración se haya realizado en Canarias (perfeccionamiento activo).
- Estar inscritas en la Enterprise Europe Network-Canarias (EEN-Canarias).
Segundo.- Finalidad.
Concesión de subvenciones a la internacionalización de empresas canarias, consistente en asesoramiento técnico especializado y financiación a proyectos de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias, según la siguiente tipología e importes:
a) Subvenciones destinadas a la promoción exterior de los productos y servicios de las PYMEs canarias en los mercados internacionales (Canarias Aporta): un millón setecientos cuarenta y nueve mil doscientos noventa y nueve (1.749.299) euros.
b) Subvenciones dirigidas a proyectos de promoción exterior de la PYMEs canarias utilizando la digitalización y el comercio electrónico en sentido amplio, el Aporta Digital. Los proyectos Aporta Digital, además de los relativos al e-commerce, serán aquellos que faciliten la digitalización de la empresa y la conexión, a través de medios digitales, con los operadores ubicados fuera de Canarias (Aporta Digital): setecientos mil (700.000) euros.
c) Subvenciones destinadas a promover la mejora de la productividad y competitividad de las pymes canarias, facilitándoles asesoramiento técnico especializado y financiación que permita mejorar su capacidad productiva, promover la creación de empleo y favorecer la expansión de estas pymes en el resto del territorio nacional como proyectos de fomento de la competitividad (Aporta Competitividad): setecientos cuarenta y nueve mil setecientos (749.700) euros.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 22 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta), proyectos de internacionalización digital (Aporta Digital) y proyectos de mejora de la competitividad (Aporta Competitividad) (BOC nº 244, de 29.11.2021).
Cuarto.- Importe.
El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de Aprobar el gasto por importe de tres millones ciento noventa y ocho mil novecientos noventa y nueve (3.198.999) euros. Para la convocatoria 2021, el importe máximo de los gastos subvencionables por proyecto ascenderá a 120.000 euros respectivamente, siendo el importe máximo de la subvención el 50% del gasto subvencionable.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Canarias.
Sexto.- Otros datos de interés.
Gastos subvencionables: las categorías de gastos subvencionables son las establecidas en las bases décima, undécima y duodécima de la orden de bases reguladoras que rigen la concesión de subvenciones para proyectos de internacionalización de las empresas canarias.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, los siguientes:
- Export Manager en origen y en destino.
- Consultor Senior Internacional.
- Experto en digitalización y comercio electrónico en origen (Aporta Digital).
- Acciones promocionales en el exterior.
- Gastos de implantación y/o licitación en el exterior.
- Pólizas o seguros cuya finalidad sea cubrir cubriendo los riesgos políticos, comerciales y extraordinarios asociados a la internacionalización.
- Formación, Equipo Humano y Profesional, Marketing y Logística (Aporta Digital).
Solicitudes: la presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible, se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, siendo la dirección electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7064
Documentación: la prevista en la base 18 de las reguladoras aprobadas mediante Orden de 22 de noviembre de 2021 (BOC nº 244, de 29.11.2021).
Forma de pago: las subvenciones se abonarán anticipadamente mediante pago único, no exigiéndose garantías.
Forma de justificación: mediante cuenta justificativa con informe de auditor acompañada de las facturas pagadas.
Plazo máximo de justificación: 30 de noviembre de 2022.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de diciembre de 2021.
LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.
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