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BOC-A-2021-247-5037.
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Siendo de interés los siguientes
ANTECEDENTES
Primero.- Advertido error material en el resuelvo quinto de la Resolución nº 2869/2021, de 29 de octubre de 2021 (BOC nº 234, de 15.11.2021), por la que se aprueba la relación definitiva del personal Diplomado Sanitario adscrito a esta Gerencia de Servicios Santiarios que se encuadran o no en los distintos grados del Sistema de Carrera Profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario 2020.
Segundo.- Advertido error material en el resuelvo quinto de la Resolución nº 2870/2021, de 29 de octubre de 2021 (BOC nº 235, de 16.11.2021), por la que se aprueba la relación definitiva del Personal Sanitario de Formación Profesional adscrito a esta Gerencia que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario 2020.
Tercero.- Advertido error material en el resuelvo quinto de la Resolución nº 2871/2021, de 29 de octubre de 2021 (BOC nº 236, de 17.11.2021), por la que se ordena la publicación de la relación definitiva del Personal de Gestión y Servicios adscrito a esta Gerencia que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario 2020.
Cuarto.- Conforme a lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO:
Primero.- Corregir error material detectado en el resuelvo quinto de la Resolución nº 2869/2021, de 28 de octubre de 2021 (BOC nº 234, de 15.11.2021), por la que se aprueba la relación definitiva del personal Diplomado Sanitario adscrito a esta Gerencia de Servicios Santiarios que se encuadran o no en los distintos grados del Sistema de Carrera Profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario 2020, en los siguientes términos:
- Donde dice:
“La presente Resolución despliega efectos administrativos y económicos desde el 1 de enero de 2020”.
- Debe decir:
“La presente Resolución despliega efectos administrativos y económicos desde el 1 de enero de 2021”.
Segundo.- Corregir error material detectado en el resuelvo quinto de la Resolución nº 2870/2021, de 28 de octubre de 2021 (BOC nº 235, de 16.11.2021), por la que se aprueba la relación definitiva del Personal Sanitario de Formación Profesional adscrito a esta Gerencia que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario 2020, en los siguientes términos:
- Donde dice:
“La presente Resolución despliega efectos administrativos y económicos desde el 1 de enero de 2020”.
- Debe decir:
“La presente Resolución despliega efectos administrativos y económicos desde el 1 de enero de 2021”.
Tercero.- Corregir error material detectado en el resuelvo quinto de la Resolución nº 2871/2021, de 28 de octubre de 2021 (BOC nº 236, de 17.11.2021), por la que se ordena la publicación de la relación definitiva del Personal de Gestión y Servicios adscrito a esta Gerencia que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario 2020, en los siguientes términos:
- Donde dice:
“La presente Resolución despliega efectos administrativos y económicos desde el 1 de enero de 2020”.
- Debe decir:
“La presente Resolución despliega efectos administrativos y económicos desde el 1 de enero de 2021”.
Cuarto.- Acordar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, la Intranet y tablón de anuncios de esta Gerencia de Servicios Sanitarios, y página web del Servicio Canario de la Salud dentro de la pestaña “carrera profesional”.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción; o bien potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección en el plazo de un mes a partir del siguiente al de la citada publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.
Puerto del Rosario, a 18 de noviembre de 2021.- El Director, p.d. (Resolución de 1.9.2010; BOC nº 182, de 15.9.2010), el Gerente, José Luis Rodríguez Cubas.
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