Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 199.12 Kb.
BOC-A-2021-237-4820.
Firma electrónica
- Descargar
Vista Resolución nº 7412 de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de 13 de octubre de 2021, por la que se resuelve la concesión de la Línea Covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, financiada por el Gobierno de España, reguladas por el Decreto ley 6/2021, de 4 de junio [Línea 1: personas autónomas (empresarias o profesionales) que tributen en régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas], reflejadas en el informe-propuesta elevado por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife, cuyo resuelvo primero acordaba conceder la subvención directa de las personas relacionadas en el Anexo I, por un total de 482 solicitudes, por un importe de un millón trescientos cuarenta y nueve mil quinientos treinta euros con sesenta y nueve céntimos (1.349.530,69 euros).
Visto el informe-propuesta de modificación de Resolución nº 5/2021 elevado por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife de fecha 25 de octubre de 2021, por el que se da cuenta de la inclusión, por error de la referida Cámara, de un solicitante previamente incluido en la Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo nº 7384, de 31 de agosto de 2021, y se solicita la exclusión del mismo de la segunda resolución.
Acreditado el pago de 3.000 euros al titular del EXP-SUBAUT2-7412-2021 con cargo al importe concedido en la Resolución 7384 de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de tramitarse un nuevo abono conllevaría una duplicidad de pago.
De conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO:
Primero.- Modificar la Resolución nº 7412 de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de 13 de octubre de 2021, por la que se resuelve la concesión de la línea Covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, financiada por el Gobierno de España, reguladas por el Decreto ley 6/2021, de 4 de junio [Línea 1: personas autónomas (empresarias o profesionales) que tributen en régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas] en el siguiente sentido:
1.- Excluir de las personas relacionadas en el Anexo I al siguiente solicitante, toda vez que ya se ha procedido a su abono conforme a la Resolución de este Organismo nº 7384, de 31 de agosto de 2021:
- EXP-SUBAUT2-7412-2021. Moisés Pérez Hernández. Importe: 3.000,00 euros.
2.- Conceder subvención directa a las restantes personas relacionadas en el Anexo I de la mencionada resolución, correspondiente a un total de 481 solicitudes, por las cuantías establecidas en el mismo con cargo a la aplicación 2021.50.01.241K 470.02, Fondo 4150007 LA: 504G1138 “Apoyo a la solvencia y endeudamiento”, y por un importe global de un millón trescientos cuarenta y seis mil quinientos treinta euros con sesenta y nueve céntimos (1.346.530,69 euros).
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el tablón de anuncios del Servicio Canario de Empleo.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación y concluirá el mismo día en que se produjo la notificación en el mes de vencimiento, conforme a lo previsto en los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de noviembre de 2021.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.
© Gobierno de Canarias