Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 213. Viernes 15 de octubre de 2021 - 4396

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad

4396 Servicio Canario de la Salud. Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife.- Resolución de 1 de octubre de 2021, por la que se efectúa convocatoria para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento de la lista de empleo aprobada mediante Resolución de 30 de enero de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, para nombramientos como personal estatutario temporal de la categoría profesional Grupo Técnico de la Función Administrativa, a efectos de la cobertura de puesto específico de la referida categoría profesional para desempeñar sus funciones con carácter temporal en el Servicio de Asesoría Jurídica de esta Gerencia.

9 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 351.77 Kb.
BOC-A-2021-213-4396. Firma electrónica - Descargar

La Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 3 de marzo de 2011, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de diversas categorías de personal de gestión y de servicios en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, entre ellas, Grupo Técnico de la Función Administrativa y se aprueban las bases generales comunes por las que se ha de regir la citada convocatoria, (BOC nº 52, de 11.3.2011) prevé en su base decimoséptima, la constitución de una lista de empleo para nombramientos como personal estatutario temporal de la categoría objeto de la convocatoria. Así, dispone:

“Decimoséptima.- Constitución listas de empleo.

1. De conformidad con lo previsto en la Disposición adicional segunda del Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para el año 2007, se constituirá una lista de empleo para nombramientos como personal estatutario temporal de cada una de las categorías objeto de la convocatoria, en los supuestos previstos en el artículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

2. En dicha lista se integrarán los aspirantes que así lo hagan constar en la solicitud a que se hace referencia en la base séptima y no hubieran superado todo el proceso selectivo con puntuación suficiente para obtener plaza de personal estatutario fijo en las diferentes categorías objeto de la presente convocatoria.

Los aspirantes habrán de optar en dicha solicitud por la Gerencia/Dirección Gerencia en la que inicialmente desean activarse, pudiendo seleccionar una única opción por cada una de las categorías convocadas, siendo dicha elección vinculante.

3. La composición y orden de prelación de los aspirantes que constituyan la lista de empleo se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de administración general y docente no universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 136, de 13.7.2010).

La gestión y funcionamiento de la lista de empleo se ajustará a la disposición que se dicte por el titular de la Consejería competente en materia de sanidad para el desarrollo de lo previsto en el citado Decreto, en aplicación de lo establecido en la Disposición final primera del mismo.

4. La lista se aprobará por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud tras la finalización del proceso selectivo, a propuesta del Tribunal Coordinador, dentro del plazo máximo de 6 meses, a partir del día siguiente a la publicación del nombramiento de los aspirantes seleccionados en virtud de las presentes pruebas selectivas. Con su entrada en vigor quedarán sin efecto las que estuvieran en vigor en dicho momento para la correspondiente categoría.”

En relación a la aprobación de la lista de empleo del Grupo de Técnico de la Función Administrativa, inicio de su vigencia y gestión de la misma, el artículo 5, apartado 2 y 3 de la Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de listas de empleo para la elección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, dispone:

“2. Las listas de empleo se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias, entrando en vigor al día siguiente al de dicha publicación. La publicación contendrá la relación de aspirantes que conforman la lista de empleo, con indicación del nombre, apellidos, número de documento acreditativo de identidad, puntuación parcial otorgada en cada apartado, puntuación total obtenida. Gerencia/Dirección Gerencia a la que inicialmente está vinculado orgánicamente cada aspirante y orden de prelación que corresponda.

Con su entrada en vigor quedarán sin efecto las que estuvieran en vigor en dicho momento para la correspondiente Categoría y, en su caso Especialidad, en cada uno de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud a que extiende su ámbito de aplicación la lista de empleo de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2 de la presente Orden.

3. Tomando en consideración la lista de empleo, cada Gerencia/Dirección Gerencia publicará y mantendrá actualizado en su sitio web el listado de aspirantes, vinculados orgánicamente al ámbito de la misma, ordenados conforme al orden de prelación que corresponda en aquella, con indicación de los que se encuentran en situación de “no disponible” por alguna de las causas señaladas en la presente Orden y los que hayan sido excluidos de la misma con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 12.”

Mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de fecha 30 de enero de 2019 se aprueba la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional del Grupo Técnico de la Función Administrativa en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 27, de 8 de febrero de 2019.

La citada Orden de 3 de junio de 2011 contempla en el artículo 8.3 el nombramiento para puestos específicos que en atención al nivel de especialización del puesto de trabajo requiera una determinada formación, disponiendo al efecto:

“3.- Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, cuando las características del específico puesto de trabajo así lo exijan, la Gerencia/Dirección Gerencia, previa audiencia de la Comisión Técnica de Listas de Empleo prevista en el artículo 13.2, podrá determinar los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, en cuyo caso serán considerados preferentes en el orden de llamamiento aquellos aspirantes que, estando vinculados a la correspondiente Gerencia/Dirección Gerencia, hayan acreditado previamente dicho perfil.

A tal fin, con carácter previo a cada oferta de nombramiento en dicho específico puesto de trabajo deberá la Gerencia/Dirección Gerencia dictar Resolución motivada en la que se determinen los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, otorgando a los interesados que se encuentren vinculados orgánicamente a la Gerencia/Dirección Gerencia un plazo de diez días hábiles desde el siguiente al de dicha publicación para acreditar ante la misma, en la forma que se determine, reunir el perfil necesario.

4. El personal que con arreglo a lo previsto en el presente artículo haya sido nombrado para desempeñar temporalmente un puesto específico, no podrá ser destinado a prestar servicios en un puesto de trabajo distinto al que ha motivado dicha selección.”

La competencia para efectuar convocatorias de puestos específicos a que se refiere el artículo 8.3 de la Orden de 3 de junio, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOC nº 121, de 21.6.2011), en el Área de Salud de Tenerife, corresponde a esta Gerencia de Atención Primaria, de conformidad con lo previsto en la Resolución de fecha 3 de enero de 1996 de la Dirección General de Recursos Humanos (BOC nº 7, de 15.1.1996) , en virtud de la cual se delega en los Gerentes de Atención Primaria, Directores Gerentes de los Hospitales y Gerentes de Servicios Sanitarios, la competencia, entre otras, en materia de selección y nombramiento del personal estatutario temporal.

Con fecha 23 de septiembre 2021 se reúne la Comisión Técnica de listas de Empleo adscrita a esta Gerencia de Atención Primaria y se realiza el trámite de previa audiencia, previsto en el citado artículo 8.3 de la Orden de 3 de junio de 2011, para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento a efectos de cobertura de puesto específico de Técnico de la Función Administrativa en el Servicio de Asesoría Jurídica de la citada Gerencia.

A tal efecto, las específicas tareas y funciones que se llevan a cabo en el Servicio de Asesoría Jurídica y la necesidad de garantizar la celeridad y eficacia en la resolución de los asuntos, precisa de unos conocimientos técnicos y jurídicos adquiridos bien en la concreta titulación de nivel universitario en rama jurídica, bien a través de la experiencia profesional en trabajo de similares características, bien a través de una formación postgraduada específica relacionadas con dichas funciones.

De conformidad con las competencias que tiene esta Gerencia de Atención Primaria en el proceso para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento, a efectos de la cobertura de puestos específicos,

RESUELVO:

Primero.- Efectuar convocatoria entre los integrantes de la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Grupo Técnico de la Función Administrativa en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, vinculados orgánicamente a la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife, para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento a efectos de la cobertura de puesto específico en Servicio de Asesoría Jurídica de la citada Gerencia.

Segundo.- La presente convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera.- Objeto y ámbito

La presente convocatoria tiene por objeto determinar la preferencia en el orden de llamamiento de aquellos aspirantes que, estando integrados en la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Grupo Técnico de la Función Administrativa en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, vinculados orgánicamente a la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife, acrediten reunir un perfil de conocimientos coherente, adecuado y necesarios para desempeñar las funciones propias de dicha categoría en el puesto de trabajo específico.

Segunda.- Normativa reguladora.

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las presentes bases y, en lo no previsto en las mismas, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y en la Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo.

Asimismo, serán de aplicación las prescripciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y restante normativa de general aplicación.

Tercera.- Publicaciones.

1. Se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias, así como en la página web del Servicio Canario de la Salud, la presente convocatoria y la Resolución por la que se establezca el orden de llamamiento de aquellos aspirantes que, estando integrados en la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Grupo Técnico de la Función Administrativa en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, vinculados orgánicamente a esta Gerencia de Atención Primaria, acrediten los requisitos requeridos en la base cuarta de la presente convocatoria.

2. Las demás publicaciones relacionadas con el presente proceso, se realizarán en el tablón de anuncios de la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife (calle Carmen Monteverde, nº 45, 38001 Santa Cruz de Tenerife), así como en la página web del Servicio Canario de la Salud e Intranet de la citada Gerencia.

Cuarta.- Requisitos de los aspirantes.

1. Los aspirantes deberán reunir los requisitos que se especifican en esta base el último día del plazo de presentación de solicitudes:

a) Vinculación orgánica:

Los aspirantes deberán formar parte de la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Grupo Técnico de la Función Administrativa, aprobada por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de fecha 30 de enero de .2019 publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 27, de 8 de febrero de 2019, y estar vinculados orgánicamente a la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife.

b) Conocimientos que se requieren:

Los aspirantes deberán acreditar poseer conocimientos en las materias que se relacionan: bien a través de la titulación universitaria concreta, bien a través de experiencia laboral de similar contenido, naturaleza y categoría, bien a través de formación postgraduada específica en las citadas materias:

b.1. Tramitación y resolución de:

- Procedimientos administrativos ordinarios.

- Contratación administrativa.

- Procedimiento sancionador.

b.2. Emisión de informes y prestación de asesoramiento legal en:

- Personal de las Administraciones Públicas.

- Contratación administrativa.

- Responsabilidad patrimonial.

b.3. Otros:

- Normativa sanitaria.

Serán admitidos aquellos títulos expedidos por los órganos competentes de los países miembros de la Unión Europea, así como por los otros países extranjeros siempre que estén oficialmente reconocidos y/u homologados, según proceda en cada caso.

2. Acreditación de los requisitos:

Los requisitos se acreditarán fehacientemente por el aspirante de la siguiente forma:

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad, en caso de tratarse de aspirantes que no hayan estado vinculadas laboralmente a la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife.

Los aspirantes nacionales de la Unión Europea o nacionales de cualquiera de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte de su país de origen.

Las personas contempladas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán presentar una fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa, del español o del nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, de que no está separado de derecho de su cónyuge o que no se haya anulado la correspondiente inscripción y, en su caso, del hecho de que el aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive a sus expensas.

b) Original o fotocopia compulsada de los títulos y/o certificaciones exigidas en el apartado 1.b) de esta base quinta o, en su caso, resguardo de haber abonado los derechos para su expedición. En caso de haber presentado dicha documentación con anterioridad ante la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife, deberán indicar fecha y procedimiento para el que fue aportado, en cuyo caso será verificada por el órgano administrativo. No obstante, de concurrir causas que impidieran o dificultaran su comprobación, se requerirá al aspirante para que su aportación.

Quinta.- Solicitudes.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo de instancia que se publica como anexo de la presente Resolución y se dirigirán a la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife.

2. Las solicitudes, dirigidas a este Órgano, junto con la documentación a que se refiere la base cuarta, se presentarán a través del correo electrónico del Registro Auxiliar de la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife: registro.gaptf@gobiernodecanarias.org

3. El plazo de presentación de solicitudes y la documentación acreditativa de los requisitos exigidos será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Sexta.- Admisión de aspirantes.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia de Atención Primaria aprobará la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, en su caso. La Resolución aprobatoria de la referida relación, junto con la misma, se publicará en la forma y lugares señalados en la base tercera.

2. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución indicada en el apartado anterior, conforme a los establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.2015), para subsanar, en su caso, los defectos que motivaron la omisión o exclusión de los mismos, así como para formular las reclamaciones que tengan por conveniente. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos o aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en la presente convocatoria y, por ende, no se les reconocerá preferencia en el orden de llamamiento para el desempeño de las funciones identificadas en la base primera.

3. Las reclamaciones que se formulen contra la relación provisional citada serán admitidas o rechazadas por medio de la Resolución de esta Gerencia de Atención Primaria, que apruebe la relación definitiva de integrantes de la lista de empleo de Grupo Técnico de la Función Administrativa vinculados a esta Gerencia, a quienes se les reconoce preferencia en el orden de llamamiento para nombramientos temporales de dicha categoría, para la cobertura de puesto específico en el Servicio de Asesoría Jurídica de la misma.

4. Contra esta última Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, en los términos previstos en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Séptima.- Sistema de llamamiento. Funcionamiento de la lista de empleo.

1. Se procederá al llamamiento de los candidatos a los que se les haya reconocido preferencia mediante el presente procedimiento.

2. El orden de llamamiento vendrá determinado por el lugar que se ocupe en la vigente lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Grupo Técnico de la Función Administrativa, vinculado orgánicamente a la Gerencia de Atención Primaria del área de Salud de Tenerife y que además haya acreditado los requisitos a que se refiere la presente convocatoria.

3. De agotarse los candidatos con derecho preferente, se llamará al resto de los que integran la lista de empleo de la categoría profesional de Grupo Técnico de la Función Administrativa vinculado orgánicamente a esta Gerencia, por el orden que ocupen en la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.3 de la Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo.

Octava.- Normas finales y recursos.

Contra la presente convocatoria y contra los actos de esta Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife, en desarrollo o ejecución de la misma, que no sean de trámite, o que aun siéndolo reúnan los requisitos establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en virtud de lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción o bien potestativamente recurso de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, en los términos previstos en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de su publicación. Y ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de 2021.- El Gerente, José Miguel Rodríguez Suárez.

Ver anexo en la página 42366 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias