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BOC-A-2021-199-4201.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por el demandante Ilustre Colegio de Médicos de Santa Cruz de Tenerife, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jaime Domas Díaz, contra el demandado D. Adalberto de la Cruz Paz, de las circunstancias de identificación que constan en autos:
1.- Condeno al demandado al pago al demandante de la cantidad de mil cuatrocientos ochenta y dos euros -1.482 euros-, con más los intereses legales correspondientes.
2.- Condeno al demandado al pago de las costas devengadas en esta instancia.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma no cabe recurso interponer recurso de apelación.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la dictó y firma, de lo que doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Adalberto de la Cruz Paz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Santa Cruz de Tenerife, a 2 de junio de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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