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BOC Nº 148. Martes 20 de julio de 2021 - 3528

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Universidad de La Laguna

3528 RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2021, por el que se declara desierto el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de concurso-oposición libre, en la Escala de Gestión, convocado por Resolución de 20 de noviembre de 2020.

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BOC-A-2021-148-3528. Firma electrónica - Descargar

Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 248, de 4.12.2020) la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión (Grupo A, Subgrupo A2), por el sistema de concurso-oposición libre.

Por acuerdo del Tribunal calificador del proceso selectivo, de fecha 6 de junio de 2021, se hace pública la puntuación obtenida por las personas aspirantes en el primer ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo. Ninguno de ellos obtiene el mínimo de cinco puntos necesarios para aprobar el citado ejercicio de acuerdo con lo previsto en la base 6.1 de la citada convocatoria.

Vista la propuesta del Tribunal calificador de fecha 30 de junio de 2021, de declarar desiertas las plazas convocadas, este Rectorado en uso de las facultades conferidas y de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Universidad de La Laguna y con la legislación general vigente de la Función Pública, resuelve declarar desierto el proceso selectivo convocado para el ingreso en la Escala de Gestión (Grupo A, Subgrupo A2), por el sistema de concurso-oposición libre.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente corresponda en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción; o bien, potestativamente, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la citada notificación en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.

Permaneciendo cerradas las instalaciones de la Universidad de La Laguna, el periodo comprendido entre los días 29 de marzo y 4 de abril de 2021, ambos incluidos, y el periodo comprendido entre los días 6 a 22 de agosto de 2021, ambos incluidos, se pone en conocimiento de los interesados en el presente procedimiento, que cualquier recurso o reclamación que quieran interponer o presentar contra el acto notificado, podrán presentarlo, dirigido a la Universidad de La Laguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4, apartados b), c) y e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

San Cristóbal de La Laguna, a 8 de julio de 2021.- La Rectora, Rosa María Aguilar Chinea.

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