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BOC-A-2021-144-3454.
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En el ejercicio de sus competencias en materia de planificación hidrológica y gestión de riesgos de inundación, atribuida al Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria por aplicación de la normativa sectorial específica en la materia, en su consideración de Organismo de cuenca de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria, en virtud de lo dispuesto en el artº. 6º.d) y Disposición adicional 3ª.3.e) de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias.
En virtud de lo dispuesto por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica, y el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, resultantes de la transposición al ordenamiento jurídico español de las Directivas 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, respectivamente, procede por parte del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria la revisión y actualización del Plan Hidrológico y del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria (ES120), correspondientes al Ciclo de Planificación 2021-2027.
En esta fase, tras la consolidación y aprobación de los documentos preparatorios para cada uno de los instrumentos, esto es, Documentos Iniciales y Esquema de Temas Importantes, en el caso del Plan Hidrológico; y Revisión y actualización de la Evaluación Preliminar de Riesgos de Inundación (EPRI) y Revisión y actualización de los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación, para el Plan de Gestión de Riesgos de Inundación; el siguiente hito procedimental correspondía a la elaboración de las propuestas de Proyecto de Plan Hidrológico y del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria (Ciclo de Planificación 2021-2027).
Además, y en cuanto la tramitación ambiental de ambos documentos, de las normas antes mencionadas se deduce la necesidad de coordinación entre ambos Planes, necesidad que motiva las directrices proporcionadas por el Gobierno de Canarias para que se desarrolle una evaluación ambiental estratégica conjunta para ambos instrumentos, siempre conforme a los procedimientos establecidos por la Ley 21/2016, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. De este planteamiento trae causa la redacción del Documento Ambiental Estratégico conjunto que ha sido elaborado.
En este sentido, para continuar con la preceptiva tramitación, se ha dispuesto la toma en consideración de los documentos antes mencionados (Proyecto de Plan Hidrológico, Proyecto de Plan de Gestión de Riesgos de Inundación y Estudio Ambiental Estratégico Conjunto) y su sometimiento a los trámites de información pública que normativamente se establezcan, en los Decretos 038-REC, 039-REC y 040-REC, de fecha 30 de junio de 2021. La documentación relativa a dichos procedimientos puede ser consultada íntegramente en soporte digital mediante el correspondiente enlace habilitado en la página web del Organismo (www.aguasgrancanaria.com). Para su consulta en soporte físico, la documentación estará de manifiesto en las oficinas del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, situadas en la Avenida Juan XXIII, 2, 1º, de Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9:00 h a 14:00 h.
Lo que se expone al público al objeto de que cualquier interesado pueda formular alegaciones, observaciones y sugerencias, tal y como dispone el marco normativo sectorial de aplicación, en los plazos que a continuación se detallan, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias:
- Proyecto de Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria (Memoria y Normativa): plazo de seis (6) meses, conforme a lo dispuesto en el artº. 80.3 del Real Decreto 907/2007, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.
- Proyecto de Plan de Gestión de Riesgos de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria: plazo de tres (3) meses, conforme a lo dispuesto en el artº. 13.3 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.
- Estudio Ambiental Estratégico Conjunto del Plan Hidrológico y del Plan de Gestión de Riesgos de Inundación: plazo de cuarenta y cinco (45) días, en virtud de lo dispuesto en el artº. 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de julio de 2021.- El Vicepresidente, Miguel Antonio Hidalgo Sánchez.
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