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BOC-A-2021-134-3276.
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Mediante Resolución nº 2021/30, de fecha 8 de junio de 2021, por el Presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, se ha adoptado el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva recoge lo siguiente:
Primero.- Aprobar inicialmente el Proyecto de Modificación del Estudio de Detalle de la Manzana calle La Alhóndiga, números 3, 5, 7, 9, 11 y 13, redactado por el Arquitecto D. Damián León García, colegiado del COATFE nº 3722, de fecha 30 de octubre de 2020, por el que se define la ordenación de los volúmenes, alineaciones y rasantes, de las edificaciones de dicha manzana en la que se encuentra el antiguo Colegio de San Agustín.
Segundo.- La aprobación inicial conlleva la suspensión automática del otorgamiento de licencias urbanísticas en el ámbito territorial del Estudio de Detalle, de conformidad con lo previsto en el artículo 99.1, en relación con el artículo 86.2, ambos del Reglamento de Planeamiento de Canarias, haciendo saber que los efectos de esta suspensión se extinguirán con la aprobación definitiva y en todo caso, por el transcurso del plazo de dos años desde la aprobación inicial.
Tercero.- Someter el expediente a trámite de información pública, mediante anuncios a insertar en el Boletín Oficial de la Provincia, Boletín Oficial de Canarias, en un periódico de los de mayor difusión en la provincia, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, así como en la sede electrónica municipal, por plazo de un mes, a fin de que pueda ser examinado el mismo y formular alegaciones que, en su caso, se consideren oportunas.
En el anuncio público se referenciarán los datos relativos al lugar y exposición, día y horarios de consulta, así como el portar oficial donde se podrá consultar.
El expediente administrativo y el documento técnico se someten a información pública por plazo de un mes, computado a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con lo previsto en el artículo 147.3 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales de Canarias.
Dicha documentación podrá ser examinada en horario laborable de 8:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, previa solicitud de cita previa en la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Los Realejos y formular en su caso, las alegaciones que se consideren oportunas. Así mismo se podrá consultar en el portal web oficial de este ayuntamiento.
Cuarto.- La aprobación inicial, por tratarse de un acto de trámite, no pone fin a la vía administrativa, por lo que no cabe contra el mismo la interposición de recurso, salvo que se entendiese la concurrencia de alguno de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra el acuerdo de suspensión de otorgamiento de licencias urbanísticas podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo dictó, o impugnarse directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a partir de la publicación del acuerdo, haciéndose constar que una vez interpuesto el recurso de reposición no se podrá formular recurso contencioso-administrativo, hasta que aquel haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, en cuyo caso el plazo para la interposición de recurso contencioso-administrativo será de seis meses contados a partir del día siguiente al que se produzca el acto presunto.
Los Realejos, a 15 de junio de 2021.- La Secretaria, Macarena Rodríguez Fumero.- El Alcalde, Manuel Domínguez González.
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