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BOC-A-2021-122-3032.
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Dña. Raquel Casanova López, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana, a 16 de septiembre de 2020.
Visto por el Sr. D. José Manuel Díaz Pavón, Juez sustituto de Juzgado de Primera Instancia número Tres de los de esta ciudad y su partido, los presentes autos de modificación de medidas nº 841/2019 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Xiaomei Li, representada por la Procuradora Dña. María del Carmen Suárez Valencia, de otra, como demandado D. Guan Jianping, declarado en rebeldía y con intervención del Ministerio Fiscal, resuelve con fundamento en los siguientes:
FALLO
Que, estimando la demanda formulada en este procedimiento en el que intervinieron, como demandante, Dña. Xiaomei Li, representada por la Procuradora Dña. María del Carmen Suárez Valencia, de otra, como demandado D. Guan Jianping, declarado en rebeldía, y con intervención del Ministerio Fiscal, se modifican medidas acordadas en la sentencia de divorcio dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de este partido judicial en fecha 19 de abril de 2017 en el procedimiento nº 33/2015 en el sentido de que se atribuye a Dña. Xiaomei Li el ejercicio exclusivo de la patria potestad de su hijo Y.
No se imponen las costas a ninguna de las partes.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde el siguiente al de su notificación.
Así por mi esta Sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.- El Juez.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Jianping Guan, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 17 de septiembre de 2020.-La Letrada de la Administración de Justicia.
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