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BOC-A-2021-098-2496.
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Visto el Decreto de 20 de abril del 2021, del Procedimiento nº 158/2016, de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, que acuerda la firmeza de la Sentencia, de fecha 10 de febrero, por la que declaran nulos los apartados 4 y 6 del Decreto 67/2016, de 31 de mayo, seguido a instancias de Transportes Turísticos Islas Canarias, S.L., Gran Turismo 7 Islas, S.L., El Sao, S.L., contra la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y que la Administración competente deberá llevar a puro y debido efecto la resolución así como practicar lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en la misma.
Visto el contenido de la sentencia
R E S U E L V O:
Dar publicidad en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento y cumplimiento, al Fallo de la Sentencia dictada el 10 de febrero de 2021 por la Sección Segunda de Las Palmas de Gran Canaria de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en los siguientes términos:
Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Transportes Turísticos Islas Canarias, S.L. declarando nulos, por contrarios a Derecho, los apartados 4 y 6 del Decreto del Gobierno de Canarias 67/16, sin costas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2021.- El Director General de Transportes, Manuel Ángel Hernández Dámaso.
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