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BOC Nº 86. Miércoles 28 de abril de 2021 - 2266

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

2266 ORDEN de 15 de abril de 2021, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para el periodo 2020-2022.

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BOC-A-2021-086-2266. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente de modificación de la Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 tramitado por la Secretaría General Técnica.

Vista la propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formulada por la Dirección General de Asuntos Económicos con África de fecha de 19 de marzo de 2020.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º.- Mediante Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 (BOC nº 37, de 24.2.2020).

2º.- Por Órdenes de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo nº 250, de 29 de junio de 2020 (BOC nº 142, de 15.7.2020), nº 287, de 28 de julio de 2020 (BOC nº 162, de 12.8.2020), nº 439, de 30 de octubre de 2020 (BOC nº 233, de 13.11.2020), nº 508, de 23 de noviembre de 2020 (BOC nº 245, de 1.12.2020), nº 543, de 3 de diciembre de 2020 (BOC nº 256, de 14.12.2020), nº 603, de 29 de diciembre de 2020 (BOC nº 3, de 8.1.2021), nº 46, de 11 de febrero de 2021 (BOC nº 36, de 22.2.2021) y nº 54, de 24 de febrero (BOC nº 45, de 5.3.2021), se modifica el referido Plan Estratégico de Subvenciones.

3º.- El Plan Estratégico aprobado mediante Orden nº 63/2020, modificado por Orden nº 250/2020, Orden nº 287/2020, Orden nº 439/2020, Orden nº 508/2020, Orden nº 543/2020, Orden nº 603/2020, Orden nº 46/2021 y Orden nº 54/2021, incluye las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los siguientes Centros Directivos que conforman la estructura actual del Departamento derivada de los Decretos 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y 9/2020, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo:

a) Viceconsejería de Economía e Internacionalización.

b) Dirección General de Promoción Económica.

c) Dirección General de Asuntos Económicos con África.

d) Dirección General de Trabajo.

e) Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.

4º.- El Plan Estratégico de Subvenciones aprobado se prevé, de conformidad con el artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, de una vigencia de tres años y se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen en el ámbito Departamental de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo en el periodo 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

5º.- La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020, la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional, ya que su propagación internacional supone un riesgo para la salud pública de los países y exige una respuesta internacional coordinada. En dicho contexto, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo (en adelante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo), se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Esta circunstancia ha determinado la adopción de una serie de medidas urgentes de carácter sanitario para proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos en primer lugar, y seguidamente, medidas de carácter extraordinario para mitigar los efectos de la crisis sobre la economía y la población en general, por ello, los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021 están completamente determinados por los efectos que ha generado la pandemia del COVID-19, lo que ha dado lugar a que la Dirección General de Asuntos Económicos con África redistribuya los créditos destinados a subvenciones del programa 143A "Cooperación económica y al desarrollo".

6º.- A tal fin, la propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 de la Dirección General de Asuntos Económicos con África tiene por objeto ajustarse a lo establecido en la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, pudiéndose distinguir las siguientes actuaciones:

1.- Disminuir el importe del presupuesto de la anualidad 2021 y 2022 de la siguiente línea de subvención:

- Programa Becas Canarias-África, que tiene por objeto contribuir a la formación de los recursos humanos y al desarrollo del tejido productivo del continente africano, financiando becas formativas de postgrado de estudiantes africanos en las Universidades canarias, cuyo importe para la anualidad 2021 y 2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 15.16.143A.480.02 línea de actuación 154G0045 "Programa Becas Canarias-África" disminuye hasta 143.200,00 euros lo que da lugar a que el indicador "Número de estudiantes de postgrado de países africanos formados en centros especializados" para las referidas anualidades descienda, de forma coyuntural, a 15 estudiantes africanos, sin que se pueda disgregar por sexos puesto que la convocatoria de subvenciones establece la superación de los correspondientes baremos como requisito para ser beneficiario/a de la correspondientes becas.

2.- Dotar de presupuesto la anualidad 2021 de la siguiente línea de subvención:

- África Canarias Challenge COVID-19, concediendo una nueva subvención en el ejercicio 2021 para continuar con la ejecución del Programa en el ejercicio 2022, si bien por una cantidad inferior a la concedida en el ejercicio 2020. El programa tiene por fin mejorar tanto el tejido empresarial canario, como promover las relaciones socioempresariales entre la juventud canaria y la africana en base a tres objetivos: su inserción laboral, su capacitación en emprendimiento e internacionalización, y su sensibilización con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Economía Social, cuyo importe para la anualidad 2021 con cargo a la aplicación presupuestaria 15.16.143A.480.02 línea de actuación 154G0930 "África Canarias Challenge COVID-19" asciende a 100.000,00 euros y en el que los beneficiarios serán elegidos según el baremo de los criterios establecidos para su selección, sin que tampoco, exista delimitación por sexos.

3.- Incorporar dos nuevas líneas de subvenciones:

- Programa Internacionalización Empresas África que tiene por objeto fortalecer el apoyo a las empresas para mejorar su presencia en el exterior en el marco de la "Estrategia Operativa de Internacionalización de la Economía Canaria (EOIEC) 2016-2020. Este proyecto de promoción de la internacionalización de la consultoría canaria en África Occidental, es un instrumento que persigue apoyar a las empresas canarias en su proceso de internacionalización. Se subvencionará a las administraciones públicas e instituciones africanas mediante la elaboración por las empresas canarias de estudios de viabilidad, desarrollo de planes marco de desarrollo sectorial, planificación de sectores, proyectos de modernización y cualquier otro servicio, en aquellos sectores y proyectos identificados de interés. El importe previsto para anualidad 2021 asciende a 100.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.16.143A.447.02 línea de actuación 154G1000 "Internacionalización Empresas África".

- Programa Africagua Feria del Agua y Energías Limpias de Canarias que tiene por objeto apoyar a la pequeña y mediana empresa y a emprendedores del sector como una acción más de reactivación económica y de apoyo en el proceso de internacionalización, favoreciendo la competitividad y la presencia de las mismas en mercados exteriores. El importe previsto para anualidad 2021 asciende a 40.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.16.143A.480.02 línea de actuación 154G0303 "Africagua Feria del Agua y Energías Limpias de Canarias".

7º.- Con fecha 8 de abril de 2021, la Dirección General de Planificación y Presupuesto informa favorablemente la modificación propuesta por la Dirección General de Asuntos Económicos con África de fecha de 19 de marzo de 2020, condicionada a que, para su encaje en los Escenarios Presupuestarios Plurianuales para 2020-2022 vigentes, se ajuste la anualidad 2022 de la línea de subvención 1516-1 Programa Becas Canarias-África, no debiendo superarse el importe previsto en la misma para 2021.

Atendiendo al informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, la Dirección General de Asuntos Económicos con África emite nueva propuesta de fecha 13 de abril de 2021, ajustando el importe de la anualidad 2022 de la línea de subvención Programa Becas Canarias-África.

Visto lo anterior, procede modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento para el periodo 2020-2022.

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1, que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- El artículo 6.1 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados".

Cuarta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.

Quinta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6 del mencionado Decreto 36/2009, y con el objetivo de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando este Departamento a través de los diferentes Centros Directivos dependientes en aquellas áreas en las que tiene atribuidas competencias, procede la modificación de dicho Plan.

Sexta.- El artículo 31.1, apartado a) de La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC nº 5, de 9.1.15), establece que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, hará pública y mantendrá actualizada la información relativa a los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

Séptima.- El artículo 5.2.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por Decreto 9/2020, de 20 de febrero, dispone que le corresponde a la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo la competencia para aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones en las áreas materiales que tiene encomendadas, en relación con el ya mencionado artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, y las demás de aplicación.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, aprobado por Orden nº 63/2020, de 12 de febrero y modificado por Orden nº 250/2020, de 29 de junio, Orden nº 287/2020, de 28 de julio, Orden nº 439/2020, de 30 de octubre, Orden nº 508/2020, de 23 de noviembre, Orden nº 543/2020, de 3 de diciembre, Orden nº 603/2020, de 29 de diciembre, Orden nº 46/2021, de 11 de febrero, y Orden nº 54/2021, de 24 de febrero, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Promoción Económica, en los términos del Anexo I.

Este Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Teniendo en cuenta la propuesta de modificación instada por el citado centro directivo, actualizar el contenido del anexo de la Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, modificada por Orden nº 250/2020, de 29 de junio, por Orden nº 287/2020, de 28 de julio, por Orden nº 439/2020, de 30 de octubre, por Orden nº 508/2020, de 23 de noviembre, por Orden nº 543/2020, de 3 de diciembre, por Orden nº 603/2020, de 29 de diciembre, por Orden nº 46/2021, de 11 de febrero, y por Orden nº 54/2021, de 24 de febrero, siendo el detalle de las actuaciones a desarrollar por los diferentes centros directivos del Departamento las que se recogen en el Anexo II de la presente Orden.

Tercero.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2020-2022.

Cuarto.- El Plan modificado se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el periodo 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

En el supuesto de que una vez concluido el ejercicio presupuestario 2022, no se hubiese iniciado la vigencia del nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que cuenten con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2023, hasta tanto se apruebe el nuevo Plan Estratégico de Subvenciones.

Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de abril de 2021.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,

CONOCIMIENTO Y EMPLEO,

Elena Máñez Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 19709-19767 del documento Descargar

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