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BOC Nº 85. Martes 27 de abril de 2021 - 2256

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife

2256 EDICTO de 19 de marzo de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000990/2019.

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BOC-A-2021-085-2256. Firma electrónica - Descargar

D. Pablo David Sánchez González, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 22 de enero de 2021.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Carmen Serrano Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de juicio verbal (250.2), nº 0000990/2019 seguido entre partes, de una como demandante Petra Candelaria Villoslada Tejera, dirigido por la Abogada doña Marta Agomez Toledo y representado por el Procurador Claudio Jesús García del Castillo y de otra como demandada Antonio Esteban Expósito Peña, en rebeldía sobre responsabilidad extracontractual en materia de tráfico.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La representación de la parte actora formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual solicitaba, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación al caso se dictara sentencia condenando al demandado a pagar la cantidad de 747,19 euros por los daños causados al vehículo de la actora, matricula TF-3663-CB, el día 20 de junio de 2019 al chocarse con la bicicleta del hijo menor del demandado, al saltarse este un semáforo en rojo; así como los intereses legales y costas del procedimiento.

Segundo.- Que admitida a trámite la demanda se emplazó a la parte demandada para contestación, dejando pasar el plazo sin comparecer ni contestar por lo que fue declarado en rebeldía. Celebrada la vista en el día y hora señalada y una vez practicada la prueba propuesta y declarada pertinente en el acto de la vista, quedaron los autos para dictar sentencia.

Tercero.- En la sustanciación de este proceso se han observado todas las prescripciones legales.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Petra Candelaria Villoslada Tejera contra don Antonio Esteban Expósito Peña, condenando al demandado a pagar al actor la cantidad de 747,19 euros, así como los intereses legales y costas del procedimiento.

Contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.- El/la Magistrado-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Antonio Esteban Expósito Peña, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 19 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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