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BOC Nº 70. Miércoles 7 de abril de 2021 - 1847

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

1847 EDICTO de 18 de febrero de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000668/2019.

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BOC-A-2021-070-1847. Firma electrónica - Descargar

Dña. Laura Sánchez de Enciso Pachón, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 15 de febrero de 2021.

D. Alfonso Manuel Fernández García, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Arona, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al juicio ordinario nº 668/2019, a instancia de Dña. Ann Elizabeth Duggan, como parte demandante, representada por el procurador D. Antonio García Cami y asistida por la letrada Dña. Cristina Rodríguez Luz, contra la mercantil Silverpoint Vacations, S.L., como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, procede

En nombre de S.M. el Rey a dictar la presente resolución

PARTE DISPOSITIVA

Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas a instancia de Dña. Ann Elizabeth Duggan, como parte demandante, contra la mercantil Silverpoint Vacations, S.L., como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal:

1. Declaro nulo y sin efecto alguno el contrato de aprovechamiento por turno suscrito por las partes el 5 de diciembre de 2012, condenando a la parte demandada a restituir la cantidad de 6.600 libras esterlinas, más el interés legal desde la interposición de la demanda, y debiendo la parte demandante, de forma correlativa, restituir a la parte demandada los derechos adquiridos en virtud del contrato anulado.

2. Se condena a la demandada a la devolución de la cantidad pagada anticipadamente, por importe total de 7.500 libras esterlinas, más el interés legal desde la interposición de la demanda.

3. Se imponen las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en este Juzgado dentro del término de veinte días, a partir de su notificación, y cuyo conocimiento le corresponderá a la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 458 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue leída y publicada por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, en el mismo día de su fecha estando celebrando Audiencia Pública en Arona.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Silverpoint Vacations, S.L., expido y libro el presente en Arona, a 18 de febrero de 2021.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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