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BOC Nº 68. Lunes 5 de abril de 2021 - 1764

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1764 Secretaría General Técnica.- Resolución de 22 de marzo de 2021, por la que se ordena la publicación de la Adenda modificatoria al Convenio de Cooperación entre Canarias Cultura en Red, S.A. y el Ayuntamiento de Icod de los Vinos para la promoción de espectáculos de compañías y grupos canarios en espacios escénicos de titularidad municipal dentro del marco del programa denominado "Mercado de Arte, Música y Artes Escénicas (MARES)", año 2020.

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BOC-A-2021-068-1764. Firma electrónica - Descargar

El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda modificatoria al Convenio de Cooperación entre Canarias Cultura en Red, S.A. y el Ayuntamiento de Icod de los Vinos para la promoción de espectáculos de compañías y grupos canarios en espacios escénicos de titularidad municipal dentro del marco del programa denominado "Mercado de Arte, música y Artes Escénicas (MARES)", año 2020.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 2021.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.

A N E X O

ADENDA MODIFICATORIA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE CANARIAS CULTURA EN RED, S.A. Y EL AYUNTAMIENTO DE ICOD DE LOS VINOS PARA LA PROMOCIÓN DE ESPECTÁCULOS DE COMPAÑÍAS Y GRUPOS CANARIOS EN ESPACIOS ESCÉNICOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL DENTRO DEL MARCO DEL PROGRAMA DENOMINADO "MERCADO DE ARTE, MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (MARES)", AÑO 2020.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de septiembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, D. Rubén Pérez Castellano, actuando en calidad de Consejero Delegado de la empresa pública Canarias Cultura en Red, S.A., provista de CIF A35077817, y domicilio, a los efectos del presente Convenio, en calle León y Castillo, nº 57, 4ª planta, 35003-Las Palmas de Gran Canaria, actuando en nombre y representación de dicha entidad, en virtud de las competencias que le atribuyen las Estatutos de la Sociedad, concedidas en la reunión del Consejo de Administración de 12 de agosto de 2019. En adelante "CCRed".

De otra parte, D. Francisco Javier González Díaz, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de Icod de los Vinos, con domicilio en Plaza Luis de León Huerta, s/n, 38430-Icod de los Vinos (Santa Cruz de Tenerife). En adelante "El Ayuntamiento".

Reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes, convienen suscribir la presente Adenda al Convenio suscrito, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 24 de septiembre de 2020, la empresa pública Canarias Cultura en Red, S.A. formalizó contrato con el Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos, cuyo objeto consiste en la colaboración para promover una oferta de artes escénicas y música profesional canaria, variada y de calidad, de forma regular, en los espacios escénicos de titularidad municipal (Red de espacios de Canarias). Su programación se ajustará a lo siguiente:

Espectáculo denominado "Big Band de Canarias", que tendrá lugar en el Teatro Cine Fajardo, ubicado en la calle Infanta Isabel en el término municipal de Icod de los Vinos (Santa Cruz de Tenerife), en fecha 27 de septiembre de 2020, a las 21:00 horas, realizado por la compañía 96 Kmusic, S.L.

Segundo.- Que en atención a lo anteriormente expuesto, las partes han acordado otorgar la presente Adenda al Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera y única.- Nueva redacción de la cláusula cuarta del Convenio.

Las partes acuerdan modificar la cláusula cuarta del Convenio, que contenía la siguiente redacción:

"Cuarta.- En el marco de la presente cooperación, las partes firmantes manifiestan consignar para la correcta ejecución del objeto del presente Convenio, la cantidad total, a repartir según lo indicado en la cláusula tercera, de ocho mil (8.000,00) euros, impuestos incluidos, relativo a la ejecución del espectáculo objeto del presente.

Las entidades firmantes actuarán de acuerdo a sus reglamentos y normativa y podrán contar para el desarrollo de las actividades a las que diese lugar la ejecución del presente Convenio que se suscriban, con la formalización de acuerdos, contratos convenios y semejantes, mediante los cuales se concretarán los aspectos jurídicos, técnicos, y económicos de cada actuación individual derivada del presente, indicando, en su caso, la colaboración de otros organismos, entidades, instituciones y empresas de carácter público o privado.

Los gastos derivados de la actividad serán compartidos por ambas entidades de conformidad a la cláusula 3ª de obligaciones de las partes, siempre y cuando tengan relación con actividades desarrolladas en el territorio de Canarias, previa conformidad de las partes."

Y en adelante tendrá el siguiente tenor literal:

"Cuarta.- En el marco de la presente cooperación, las partes firmantes manifiestan consignar para la correcta ejecución del objeto del presente Convenio, la cantidad total, a repartir según lo indicado en la cláusula tercera, de ocho mil (8.000,00) euros, más el 7% en concepto de IGIC, relativo a la ejecución del espectáculo objeto del presente.

Las entidades firmantes actuarán de acuerdo a sus reglamentos y normativa y podrán contar para el desarrollo de las actividades a las que diese lugar la ejecución del presente Convenio que se suscriban, con la formalización de acuerdos, contratos convenios y semejantes, mediante los cuales se concretarán los aspectos jurídicos, técnicos, y económicos de cada actuación individual derivada del presente, indicando, en su caso, la colaboración de otros organismos, entidades, instituciones y empresas de carácter público o privado.

Los gastos derivados de la actividad serán compartidos por ambas entidades de conformidad a la cláusula 3ª de obligaciones de las partes, siempre y cuando tengan relación con actividades desarrolladas en el territorio de Canarias, previa conformidad de las partes."

Segunda.- Vigencia.

La vigencia de la presente Adenda surtirá efectos desde el día de su firma.

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente Adenda por triplicado, a un solo efecto, en el lugar y fecha consignados al principio.- Canarias Cultura en Red, S.A., Rubén Pérez Castellano.- Ayuntamiento de Icod de los Vinos, Francisco Javier González Díaz.

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