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BOC-A-2021-049-1249.
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D./Dña. Laura Sánchez de Enciso Pachón, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 11 de enero de 2021.
D. Alfonso Manuel Fernández García, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Arona, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al juicio ordinario nº 956/2019, a instancia de D. Berndt Becker y Dña. Gunilla Becker, como parte demandante, representada por la procuradora Dña. María José Arroyo Arroyo y asistida por el letrado D. Luis Alejandro Sánchez García-Yanes, contra la mercantil Silverpoint Vacations, S.L., declarada en situación de rebeldía procesal, y contra la mercantil Homes Under the Sun, S.L., representada por la procuradora Dña. Fátima Esther de Armas Castro y asistida por la letrada Dña. Carolina Román Montoto, como partes codemandadas, procede
En nombre de S.M. El Rey
a dictar la presente resolución
FALLO
Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas a instancia de D. Berndt Becker y Dña. Gunilla Becker, como parte demandante, contra la mercantil Silverpoint Vacations, S.L., declarada en situación de rebeldía procesal, y contra la mercantil Homes Under the Sun, S.L., como partes codemandadas, debo declarar y declaro nulo y sin efecto alguno los dos contratos suscritos el día 28 de noviembre de 2017, condenando a las partes demandadas de forma solidaria a restituir la cantidad de 70.395,18 euros, más el interés legal desde la interposición de la demanda.
Se imponen las costas a las partes codemandadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en este Juzgado dentro del término de veinte días, a partir de su notificación, y cuyo conocimiento le corresponderá a la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 458 y siguientes de la LEC.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue leída y publicada por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, en el mismo día de su fecha estando celebrando Audiencia Pública en Arona.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Silverpoint Vacations, S.L., expido y libro el presente en Arona, a 13 de enero de 2021.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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