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BOC Nº 40. Viernes 26 de febrero de 2021 - 974

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

974 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 18 de febrero de 2021, por la que se salvan determinadas omisiones advertidas en la Resolución de 3 de febrero de 2021, que da publicidad a la convocatoria y a las bases para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de colaboración denominado Interventor/a Adjunto/a, clase primera, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (provincia de Las Palmas), reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, Categoría Superior (BOC nº 31, de 15.2.2021).

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BOC-A-2021-040-974. Firma electrónica - Descargar

Advertidas determinadas omisiones en la Resolución de esta Dirección General nº 140, de 3 de febrero de 2021, anotada en el Registro de Resoluciones el día 4 siguiente, y publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 31, del día 15 de febrero de 2021, por la que se da publicidad a la convocatoria y a las bases para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de colaboración denominado Interventor/a Adjunto/a, Clase Primera, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (provincia de Las Palmas).

Considerando que, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

A la vista de la propuesta formulada por el Servicio de Función Pública Local y en el ejercicio de la competencia atribuida.

R E S U E L V O:

1. Salvar las omisiones advertidas en la Resolución de esta Dirección General nº 140, de 3 de febrero de 2021, anotada en el Registro de Resoluciones el día 4 (BOC nº 31, de 15.2.2021), por la que se da publicidad a la convocatoria y a las bases para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de colaboración denominado Interventor/a Adjunto/a, Clase Primera, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en los términos siguientes:

- Transcribir la parte final de la Resolución del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria nº 2020-46658, de 29 de diciembre de 2020, omitida por error, cuyo tenor es el siguiente:

«Régimen de recursos.- Contra el presente acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se publica, se podrá interponer recurso de reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el recurso potestativo de reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.

Las Palmas de Gran Canaria.

El Alcalde

AUGUSTO HIDALGO MACARIO

Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en la Disposición adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria.

El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria

(Por sustitución, Resolución nº 2656 de 30/01/2017)

El OFICIAL MAYOR,

DOMINGO ARIAS RODRÍGUEZ

Este acto administrativo ha sido PROPUESTO de conformidad con lo establecido en el artículo 7.6.7.a) del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en Las Palmas de Gran Canaria,

La Jefa de Servicio de Recursos Humanos

(Resolución 29014/2019, de 26 de junio)

MARÍA CANDELARIA GONZÁLEZ JIMÉNEZ».

- Transcribir, asimismo, las bases de la referida convocatoria, las cuales figuran en el Anexo de la Resolución del Alcalde-Presidente nº 2020-46658, de 29 de diciembre de 2020, omitido por error, cuyo tenor literal es el siguiente:

«ANEXO.- BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE TRABAJO DE COLABORACIÓN DENOMINADO INTERVENTOR/A ADJUNTO/A, PERTENECIENTE A LA ESCALA DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, SUBESCALA DE INTERVENCIÓN-TESORERÍA, CATEGORÍA SUPERIOR.

Primera.- Objeto de las bases.

Es objeto de las presentes bases la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto INTF-03 denominado Interventor/a Adjunto/a, puesto de colaboración encuadrado en la Subescala de Intervención Tesorería, Categoría Superior, reservado a Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, contemplado en el manual de descripción de puestos de trabajo reservados a este tipo de funcionarios, puesto tipo nº 6 (BOP nº 126, de 19.10.18).

El sistema de provisión es el de libre designación, atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto, en relación con la experiencia previa y capacitación de los candidatos, y solo podrá quedar desierto en el caso de no presentar solicitud funcionario con habilitación de carácter nacional de la Subescala y categoría correspondiente.

Segunda.- Características del puesto.

1. Corporación: Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

2. Denominación y clase de puesto: Interventor/a Adjunto/a (puesto de colaboración).

3. Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

4. Subescala: Intervención-Tesorería.

5. Categoría: Superior.

6. Grupo: A, Subgrupo A1.

7. Complemento de Destino: nivel 30.

8. Complemento específico anual: 53.766,36 euros.

9. Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo: Puesto reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención Tesorería, clase Superior.

10. Condiciones especiales de ejercicio: plena dedicación.

Tercera.- Requisitos para su desempeño.

Será requisito indispensable de los aspirantes para concurrir a la presente convocatoria, y poder desempeñar el puesto de trabajo, pertenecer a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior, y que no se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 36.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Cuarta.- Solicitudes.

4.1. Modelo: quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que figura como Anexo I, que será facilitado gratuitamente en la página web del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, https://www.laspalmasgc.es.

4.2. Plazo de presentación: el plazo será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.3. Lugares de presentación: las instancias podrán presentarse en el Registro General de Entrada de la Corporación, sito en calle León y Castillo, nº 270, Edificio Metropole, 35005-Las Palmas de Gran Canaria o en cualquiera de las oficinas municipales de asistencias en materia de registros, o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se relacionan a continuación:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, ya citada.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

4.4. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.5. La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo al que se refieren las presentes bases, comportará la plena aceptación de las mismas.

4.6. Documentación.- A las solicitudes deberá acompañarse el curriculum vitae de los participantes en el que figure debidamente acreditado el cumplimiento de los criterios de idoneidad, formación, competencia profesional y experiencia. En concreto deberá constar, debidamente documentado y clasificado, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, la experiencia profesional y proyectos, los títulos académicos que en cada caso se posean, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con las características y funciones de los puestos desempeñados así como los que correspondan al puesto objeto de las presentes bases y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto, bien entendido que todas ellas deberán ser acreditadas documentalmente, tal y como se ha señalado previamente.

Los méritos alegados, que se relacionarán en la ficha adjunta como Anexo II, deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas por fedatario público legalmente habilitado al efecto.

Quinta.- Dedicación.

El ejercicio del puesto será incompatible con el ejercicio de cualquier profesión retribuida, de acuerdo con el régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, y con las normas estatales y autonómicas aplicables.

Sexta.- Admisión de aspirantes.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se examinarán las presentadas y se evacuará por el Servicio de Recursos Humanos informe relativo al cumplimiento por los interesados de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto objeto de la presente convocatoria, que se elevará al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a fin de que dicte resolución declarando aprobada la relación de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios Ayuntamiento y en el portal de transparencia de web municipal (www.laspalmasgc.es/transparencia).

Séptima.- Transparencia.

Los currículos de los solicitantes admitidos al puesto convocado se publicarán en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, para su conocimiento previo por todos los solicitantes.

Octava.- Valoración y propuesta de nombramiento.

Una vez aprobada y publicada la lista de admitidos y excluidos, por el titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Presidencia y Cultura se evacuará informe relativo a los candidatos concurrentes, pronunciándose acerca del candidato que cumpla no solo los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, sino que además se estime es el más adecuado para el desempeño del puesto convocado, todo ello debidamente motivado.

El informe emitido se elevará a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria quien previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, dictará la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta a la Junta de Gobierno y al Pleno de la Corporación. De dicha resolución se dará traslado al órgano competente de la Comunidad Autónoma y al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, conforme exige el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018.

El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento establecido.

Se declarará desierta la convocatoria en el caso de que ninguno de los aspirantes presentados cumpla los requisitos o perfil del puesto convocado.

Novena.- Toma de posesión.

El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será el establecido en el artº. 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Décima.- Incidencias.

En todo aquello que no esté previsto en las presentes bases será aplicable el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Undécima.- Recursos y reclamaciones.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta ciudad, en el plazo de dos meses, conforme los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Duodécima.- Información sobre protección de datos.

El responsable del tratamiento de los datos suministrados por los candidatos concurrentes es el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Los datos serán tratados con la finalidad de gestionar la solicitud de participación en la convocatoria. La legitimación para el uso de tales datos está basada en el consentimiento que presta el candidato al realizar la inscripción y una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Podrán comunicarse los datos personales a otros órganos o entidades de la Administración Local, de la Comunidad Autónoma o Administración Estatal con competencia en la materia y cuando exista ley o norma con rango de ley que obligue a dicha comunicación. Los datos serán conservados durante la vinculación de los candidatos con la entidad y durante los plazos legales de conservación. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y portabilidad dirigiéndose al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Sección de Proyectos de Innovación, en la siguiente dirección: calle León y Castillo, nº 270, 35005-Las Palmas de Gran Canaria. Igualmente, puede ejercitar dichos derechos en la sede electrónica municipal, https://www.laspalmasgc.es/es/online/sede-electrónica/index.html y presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si considera que sus derechos han sido vulnerados.

Dato de contacto Delegado de Protección de Datos: dpd@ayto.laspalmasgc.es.

Ver anexo en las páginas 10314-10317 del documento Descargar

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de febrero de 2021.- La Directora General de la Función Pública, Laura María Martín Pérez.

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