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BOC-A-2021-034-817.
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D./Dña. Fernando Pérez Polo, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de noviembre de 2020.
Vistos por el Ilmo. Sr. D. José Antonio Morales Mateo Magistrado-Juez por sustitución del Juzgado de Primera Instancia número Dos de esta ciudad y su Partido Judicial los presentes autos de juicio verbal seguidos con el nº 1352/2019 y ha pronunciado en nombre de S.M. el Rey la siguiente sentencia.
FALLO
Que debo de estimar y estimo la demanda formulada por la representación procesal de Preventiva Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. condenando a D. Antonio Gómez López, a que abone a la actora la cantidad de 2.668,16 euros e intereses, todo ello con expresa condena en costas a la parte condenada, por ser así de justicia.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que, contra la misma no cabe interponer recurso de apelación.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en única instancia, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por S.Sª. en el día de su fecha, constituido en audiencia pública.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Antonio Gómez López, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de noviembre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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