Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 28. Miércoles 10 de febrero de 2021 - 662

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

662 EDICTO de 12 de enero de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000879/2018.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 226.65 Kb.
BOC-A-2021-028-662. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Herminia Hernández Sandalio, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 22 de enero de 2020.

Vistos por Dña. María de los Ángeles Antón Padilla, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Arona y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario seguidos bajo el nº 879/2018, promovido como demandante, por Santander Consumer Finance, S.A., representada por el Procurador D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, contra la demandada Dña. Karina Ruiz Daverson en rebeldía procesal, que versan sobre reclamación de cantidad y

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda formulada por Santander Consumer Finance, S.A., representada por el Procurador D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, contra la demandada Dña. Karina Ruiz Daverson en rebeldía procesal y en consecuencia:

1.- Condeno, solidariamente, a los codemandados al pago a la entidad actora de la suma de 12.369,86 euros, más los intereses legales correspondientes de dicha cantidad que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de la sentencia hasta su completo pago.

2.- Condeno al demandado al pago de todas las costas de esta instancia.

Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado, y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de veinte días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.

Insértese este original en el legajo correspondiente, testimoniándose en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.- El/la Magistrada-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. Karina Ruiz Daverson, expido y libro el presente en Arona, a 12 de enero de 2021.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias