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BOC Nº 26. Lunes 8 de febrero de 2021 - 621

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Puerto del Rosario

621 EDICTO de 20 de noviembre de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000341/2020.

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BOC-A-2021-026-621. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Carmen Magali Concepción López, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 20 de noviembre de 2020.

María Luisa Casado López, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Puerto del Rosario y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal nº 341/20 seguidos ante este Juzgado, a instancia de la aseguradora Axa, S.A. representada por el Procurador Sr. Muñoz Correa y asistida por el Letrado Sr. Ballesteros Abarca, frente a D. Sebastián A. Cedrés Cedrés, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, ha pronunciado en nombre de S.M. el Rey, la siguiente sentencia.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la aseguradora Axa, S.A. representada por el Procurador Sr. Muñoz Correa, frente a D. Sebastián A. Cedrés Cedrés, y en consecuencia condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de mil quinientos cuarenta y cinco euros con ocho céntimos (1.545,08 euros), más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, y hasta la fecha de la presente resolución, momento a partir del cual se devengarán los intereses del artículo 576 de la LEC hasta el completo pago.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, poniendo en su conocimiento que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 455 LEC).

Llévese el original al libro de sentencias.

Así lo acuerda, manda y firma, María Luisa Casado López, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Puerto del Rosario (Las Palmas)."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Sebastián A. Cedrés Cedrés, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 20 de noviembre de 2020.-El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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