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BOC Nº 20. Viernes 29 de enero de 2021 - 453

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

453 RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2021, por la que se rectifica error material de la Resolución de 15 de diciembre de 2020, que convoca contratos postdoctorales para la especialización de personal investigador, convocatoria 2020 (BOC nº 10, de 15.1.2021).

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BOC-A-2021-020-453. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 15 de diciembre de 2020, se dicta por parte del Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Resolución por la que se convocan contratos postdoctorales para la especialización de personal investigador, convocatoria 2020 (BOC nº 10, de 15.1.2021).

Segundo.- Se ha advertido un error material en la base 9.1.4 de la convocatoria.

Atendiendo a la siguiente

CONSIDERACIÓN JURÍDICA

Única.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone: "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

Y en virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Único.- Rectificar el error material producido en la Resolución de 15 de diciembre de 2020, por la que se convocan contratos postdoctorales para la especialización de personal investigador, convocatoria 2020 (BOC nº 10, de 15.1.2021).

Donde dice: 9.1.4 "Curriculum vitae del solicitante en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de la convocatoria (2015-2019) en el formato Curriculum Vitae Abreviado (CVA), acompañado de la documentación acreditativa de los méritos académicos y científicos reflejados en el mismo".

Debe decir: 9.1.4 "Curriculum vitae del solicitante en el formato Curriculum Vitae Abreviado (CVA), acompañado de la documentación acreditativa de los méritos académicos y científicos reflejados en el mismo".

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso de Las Palmas de Gran Canaria, o ante el Juzgado de lo Contencioso en cuya circunscripción tenga su domicilio el recurrente; o bien interponer en vía administrativa, el recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría General Técnica, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas, a 19 de enero de 2021.- El Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia, José Pablo Suárez Rivero.

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