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BOC Nº 3. Jueves 7 de enero de 2021 - 73

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana

73 EDICTO de 1 de diciembre de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000746/2019.

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BOC-A-2021-003-73. Firma electrónica - Descargar

Dña. María Teresa Rodríguez Villaescusa, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 13 de enero de 2020.

Vistos por Carlos Suárez Ramos, magistrado del Juzgado de Primera Instancia Cuatro de San Bartolomé de Tirajana, los presentes autos del juicio verbal de divorcio contencioso nº 746/2019, seguidos a instancia de don Marcelo Gabriel Sainz Vélez, representado por doña María Luisa Guerra Navarro y asistida de la letrada doña Margarita del Pino Santana Guerra; contra doña María Esther Lazarte, en situación procesal de rebeldía; ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta don Marcelo Gabriel Sáinz Vélez contra doña María Esther Lazarte, declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 20 de febrero de 1985 (inscrito el matrimonio en el Registro Central de Madrid en el Tomo 50664, página 287, Sección 2ª), con la disolución del régimen económico matrimonial y los demás efectos legales inherentes a dicha declaración. Toda ello sin efectuar especial pronunciamiento sobre costas.

Firme que sea esta sentencia remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil a los efectos legales oportunos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas el cual deberá ser interpuesto ante este juzgado en plazo de los 20 días siguientes al de su notificación.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, la pronuncia, manda y firma Carlos Suárez Ramos, del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de San Bartolomé de Tirajana.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. María Esther Lazarte, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 1 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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