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BOC-A-2020-266-5169.
Firma electrónica
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El 10 de diciembre de 2020 la Consejera Insular del Área de Gestión del Medio Natural y Seguridad dictó, con delegación de firma en el Responsable de Unidad de Gestión Administrativa del Servicio Administrativo de Gestión del Medio Natural y Seguridad, la siguiente resolución:
Autorización para el control de las poblaciones de muflón en Tenerife. Convocatorias anuales.
Las bases reguladoras del procedimiento de autorización para el control de poblaciones de muflón en la isla de Tenerife fueron aprobadas por Resolución del Consejero Insular del Área de Sostenibilidad Territorial, Medio Ambiente y Seguridad del Cabildo Insular de Tenerife el 22 de marzo de 2017, remitiéndose a las convocatorias que para cada año apruebe el Cabildo Insular.
La competencia para dictar esta resolución está atribuida a la Consejera Insular del Área de Gestión del Medio Natural y Seguridad del Cabildo de Tenerife [artículo 10.1.o) del Reglamento Orgánico del Cabildo Insular], si bien la firma de la presente se encuentra delegada en el Responsable de Unidad Administrativa del Servicio Administrativo de Gestión del Medio Natural y Seguridad por resolución R0000010880 de 2 de septiembre de 2020.
Por todo lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar las sucesivas convocatorias anuales para participar en el procedimiento de autorización para el control de poblaciones de muflón en Tenerife, conforme al siguiente contenido:
1) Inicio del plazo de presentación de solicitudes: 1 de enero de cada año.
2) Fin del plazo de presentación de solicitudes: 5 de marzo de cada año.
Segundo.- En la sede electrónica del Cabildo de Tenerife se publicará la siguiente información:
1) Modelo oficial de solicitud y forma de pago de tasa.
2) Bases que rigen la convocatoria (publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 63, de 30.3.17).
3) Fecha y lugar de celebración del sorteo público, que podrá efectuarse por medio telemáticos con las jefaturas de cuadrilla.
4) Las medidas organizativas y de prevención que en cada momento sean exigibles para prevenir la transmisión del COVID-19.
Tercero.- Publicar el correspondiente anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Esta resolución no es definitiva en la vía administrativa. Contra ella pueden los interesados interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias ante el Presidente del Cabildo de Tenerife, o ante la Consejería del Gobierno de Canarias con competencias en materia de medio ambiente si el recurso versara sobre materias de gestión del Parque Nacional del Teide objeto de delegación, sin perjuicio de que puedan utilizar cualquier otro recurso o acción que estimen procedente.
San Cristóbal de La Laguna, a 10 de diciembre de 2020.- La Jefa del Servicio Administrativo de Gestión del Medio Natural y Seguridad, Beatriz Leonor López Conde.
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