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BOC Nº 247. Jueves 3 de diciembre de 2020 - 4693

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 (antiguo Mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna

4693 EDICTO de 2 de julio de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000882/2019.

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BOC-A-2020-247-4693. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Juan Manuel Pérez Ramos, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 (antiguo Mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

La Ilma. Sra. Dña. Carmen Rosa Marrero Fumero, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de San Cristóbal de La Laguna y su Partido Judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal nº 882/2019, en el que ha sido parte demandante "Sistemas Técnicos de Consumo, S.A.", representada por la Procuradora Sra. Padrón García y asistida por el Letrado Sr. Pérez Pérez, y parte demandada Dña. Dilia Cabrera Cabrera, en situación de rebeldía procesal, ha resuelto dictar la presente

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 25 de junio de 2020.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por la parte actora se presentó demanda contra la referida demandada en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, interesaba una sentencia condenatoria conforme al suplico de su escrito.

FALLO

Se estima la demanda interpuesta por "Sistemas Técnicos de Consumo, S.A." contra Dña. Dilia Cabrera Cabrera, y en consecuencia se condena a esta a abonar a la actora la cantidad de dos mil ciento diecisiete euros con sesenta y siete céntimos (2.117,67 euros), más los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda.

Todo ello, con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la expresa advertencia de que contra ella no cabe recurso.

Así, por esta, mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.- La Magistrada-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Dilia Cabrera Cabrera, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 2 de julio de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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