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BOC-A-2020-239-4414.
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La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dictó Sentencia con fecha 18 de mayo de 2018, en el procedimiento ordinario nº 157/2013 promovido por Oasis Beach Maspalomas, S.L. contra el Decreto 4/2014, de 23 de enero, por el que se aprueba el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad Turística San Bartolomé de Tirajana.
Mediante oficio de la referida Sala de 7 de octubre de 2020 se remite a esta Administración Pública testimonio de la misma y copia de la resolución que acuerda su firmeza, al haber transcurrido los plazos establecidos legalmente para la interposición de recursos, a fin de llevarla a puro y debido efecto en el plazo establecido en el artº. 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Una vez notificada dicha sentencia procede su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo prevenido en el artº. 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En su virtud, vistas las disposiciones legales de aplicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 118 de la Constitución Española, el artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
R E S U E L V O:
Dar publicidad en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento y cumplimiento, al fallo de la Sentencia firme fecha 18 de mayo de 2018, recaído en el procedimiento ordinario nº 157/2013 promovido por Oasis Beach Maspalomas, S.L. contra el Decreto 4/2014, de 23 de enero, por el que se aprueba el "Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad Turística San Bartolomé de Tirajana", cuyo tenor literal es el siguiente:
"Que debemos estimar y estimamos el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la representación procesal de Oasis Beach Maspalomas, S.L., frente al acto y Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad del Sector Turístico de San Bartolomé de Tirajana, antes identificado, que declaramos nulo y consecuentemente anulamos incluidos los tres sectores referidos, sin imposición de costas".
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de noviembre de 2020.- La Secretaria General, Cándida Hernández Pérez.
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