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BOC Nº 234. Lunes 16 de noviembre de 2020 - 4290

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

4290 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 5 de noviembre de 2020, por la que se requiere el expediente académico a los aspirantes presentados y no seleccionados en las pruebas selectivas para ingresar en los cuerpos, escalas y especialidades, en cuyas listas de empleo es preciso resolver casos de empate.

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BOC-A-2020-234-4290. Firma electrónica - Descargar

El artículo 5 de la Orden de 3 de marzo de 2011, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, por la que se desarrolla, en el ámbito de la Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, que establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración General y Docente no Universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud y se regula el funcionamiento de las listas de empleo (publicada en el BOC nº 48, de 7.3.11), modificada puntualmente por la Orden de 30 de abril de 2012 (publicada en el BOC nº 91, de 9.5.12), dispone, entre otros aspectos, que entre los criterios para resolver casos de empate en las citadas listas de empleo está "el mejor expediente académico de la titulación académica, utilizada para la admisión a las pruebas selectivas en virtud de las cuales se forma la lista de empleo".

El artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15), indica que cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, estos serán de uso obligatorio por los interesados. Asimismo, el artículo 73.2 del citado texto legal establece el plazo de diez días para la realización de los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados.

Por lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 68 del Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (actual Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad), vigente en virtud de lo dispuesto en la Disposición transitoria primera del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Requerir a los aspirantes presentados y no seleccionados a las pruebas selectivas que se indican a continuación, copia del certificado oficial de su expediente académico que incluya la nota media que obtuvo en la titulación utilizada para la admisión a las siguientes pruebas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuyas convocatorias fueron publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 75, de 18 de abril de 2018.

* Por promoción interna y por acceso libre, al Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A, Subgrupo A1).

* Por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, Especialidad de Farmacéuticos de Farmacia Asistencial (Grupo A, Subgrupo A1).

* Por promoción interna y por acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos de la Comunidad Autónoma, Especialidad de Arquitectos (Grupo A, Subgrupo A1).

* Por acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos, Especialidad de Arquitectos Técnicos (Grupo A, Subgrupo A2).

* Por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad de Trabajador Social (Grupo A, Subgrupo A2).

Segundo.- La citada certificación deberá ser presentada en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, y deberá dirigirse a esta Dirección General de la Función Pública exclusivamente a través del formulario del registro electrónico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/apjs/cpji/menu_lateral/registro_electronico.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de noviembre de 2020.- La Directora General de la Función Pública, Laura María Martín Pérez.

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