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BOC-A-2020-183-3180.
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BDNS (Identif.): 521948.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index):
Primero.- Beneficiarios.
Serán beneficiarios las personas físicas o jurídicas solicitantes de compensación, compradora o vendedora, receptora o remitente de las mercancías, que acrediten haber abonado los costes del transporte compensable mediante la documentación que sea exigida. A tal fin, cuando la subvención se solicite por una persona jurídica se requerirá que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida en el objeto o fines sociales de la misma.
Segundo.- Finalidad.
Constituye objeto de las subvenciones a que se refieren las presentes bases reguladoras la compensación del coste del transporte marítimo y aéreo interinsular de mercancías no incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, desde cada una de las islas del Archipiélago con destino a las restantes, para los trayectos realizados los años 2017 y 2018.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden nº 15/2018, de 23 de febrero, publicada en el Boletín Oficial de Canarias de nº 45, de 5 de marzo de 2018), modificada por la Orden de 5 de diciembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 238, de 10 de diciembre de 2018).
Cuarto.- Importe.
El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de 2.608.269,00 euros.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles improrrogables, que comenzará a contarse desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará a las 13:00 horas del último día. Las interrupciones que se puedan producir en la sede electrónica no aumentarán el plazo de presentación de solicitudes, salvo que estas incidencias se produzcan en las 24 horas anteriores a la finalización del plazo, que en todo caso, será por tiempo equivalente al que estuviese interrumpido el servicio.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de agosto de 2020.
EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,
TRANSPORTES Y VIVIENDA,
Sebastián Franquis Vera.
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