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BOC-A-2020-107-1699.
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BDNS (Identif.): 506985.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de la ayuda los viticultores cuyas superficies de cultivo estén inscritas en alguno de los Consejos Reguladores u órganos de gestión de las diferentes Denominaciones de Origen.
Segundo.- Objeto.
El objetivo principal de la acción es mantener el cultivo. Adicionalmente, se han establecido importes diferenciados dependiendo de que el beneficiario tenga o no suscrita una póliza para su producción incluida en los Seguros Agrarios Combinados, con el objetivo secundario de fomentar la prevención de riesgos económicos y se ha establecido un complemento de ayuda a los jóvenes agricultores.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 28 de noviembre de 2017 (BOC nº 233, de 4.12.17), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).
Cuarto.- Cuantía.
1. Las subvenciones que se convocan están financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa para la campaña 2020, se le asigna un importe de tres millones setecientos treinta y cinco mil ciento sesenta (3.735.160,00) euros. Dicha cuantía podrá modificarse por posteriores decisiones de la Comisión Europea.
2. Los importes unitarios de la ayuda, como máximo ascenderán a:
- Producción no asegurada: 1.635 euros por hectárea.
- Producción asegurada: 1.800 euros por hectárea.
3. Se abonará un complemento de ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponderles a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la presente campaña 2020.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de ayuda para acogerse a esta convocatoria podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Canarias y hasta el 30 de junio de 2020.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2020.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA,
Alicia Vanoostende Simili.
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