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BOC-A-2020-094-1538.
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Mediante la Resolución de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, de 9 de mayo de 2019, se estableció el calendario escolar y se dictaron las instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2019-2020, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en su artículo 9 prevé lo siguiente:
"Artículo 9. Medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación.
1. Se suspende la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados.
2. Durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible."
Por su parte, el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, establece lo siguiente:
"Artículo 10. Calendario escolar en la enseñanza obligatoria.
En el curso 2019-2020, las administraciones educativas podrán adaptar el límite mínimo de días lectivos al que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a las necesidades derivadas de las medidas de contención sanitaria que se adopten y supongan la interrupción de actividades lectivas presenciales, cuando se hubieran sustituido tales actividades por otras modalidades de apoyo educativo al alumnado."
La Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la que se establecen el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19, establece como principios fundamentales de actuación: cuidar a las personas, mantener la duración del curso escolar, adaptar la actividad lectiva a las actuales circunstancias, flexibilizar el currículo y las programaciones didácticas, adaptar la evaluación, promoción y titulación del alumnado, trabajar de forma coordinada y preparar el curso 2020/2021.
La Orden PCM/362/2020, de 22 de abril, por la que se modifica la Orden PCM/139/2020, de 17 de febrero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas en el curso 2019-2020.
La Orden Ministerial EFP/361/2020, de 21 de abril, por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las Enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo y de las Enseñanzas de Régimen Especial.
En virtud de lo citado anteriormente y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 10.e) del Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades,
R E S U E L V O:
Único.- Modificar la Resolución de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, de 9 de mayo de 2019, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2019-2020, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos siguientes:
Uno. El resuelvo tercero, en su punto 4, queda redactado en los siguientes términos:
4. Las fechas de inicio y finalización de las actividades propiamente lectivas para cada una de las enseñanzas serán las que se indican a continuación:
Ver anexo en las páginas 11720-11721 del documento Descargar
Dos. El resuelvo noveno, punto 1, queda redactado en los siguientes términos:
"La dirección del centro elaborará la planificación de todas las actividades programadas para la finalización del curso, con especificación de las fechas de las sesiones de evaluación final, que se determinarán respetando las actividades lectivas; así como las fechas correspondientes a las restantes actividades previstas hasta el 30 de junio, excepto para las Enseñanzas Artísticas Superiores, que finalizarán el 10 de julio de 2020; todo ello en el marco del calendario establecido en esta Resolución. De dicha planificación será informada toda la comunidad escolar."
Tres. El resuelvo décimo queda redactado en los siguientes términos:
"Una vez aprobada la memoria final del curso por la dirección del centro, será remitida a la Inspección de Educación a través de la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, o de los medios telemáticos que se establezcan al efecto, antes del 24 de julio de 2020. La Inspección de Educación remitirá a la DGOIC las memorias de los Centros de Educación Especial."
Cuatro. El Anexo I de la presente resolución queda redactado del siguiente modo:
Ver anexo en las páginas 11722-11723 del documento Descargar
Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, recurso de alzada ante la Viceconsejería de Educación, Universidades y Deportes, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente interponer.
Respecto de los plazos señalados, se advierte que habrá de tenerse en cuenta lo previsto en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como a la Disposición adicional octava del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de mayo de 2020.- La Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, María Candelaria González Morales.
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