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BOC-A-2020-074-1296.
Firma electrónica
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Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de 23 de septiembre de 2019, modificada por Resolución de la Secretaría General Técnica de 20 de diciembre de 2019, se crean los sellos electrónicos de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, en cuyo apartado dispositivo primero, se crean los sellos electrónicos de los siguientes órganos:
- Secretaría General Técnica.
- Intervención General.
- Viceconsejería de Hacienda, Planificación y Asuntos Europeos.
- Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
- Dirección General de Patrimonio y Contratación.
- Dirección General de Asuntos Europeos.
- Junta Económico-Administrativa de Canarias.
- Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
El apartado dispositivo quinto de la citada Resolución determina las actuaciones administrativas automatizadas competencia de los órganos del Departamento en las que se podrá utilizar el sello electrónico.
El aplicativo informático de Nómina Centralizada (PeopleNet de Meta4) ha sido desarrollado para permitir la emisión de forma automatizada y masiva de los certificados de retenciones para la declaración del IRPF de los empleados públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, funcionalidad que está disponible para la próxima campaña del IRPF 2019, a cuyo efecto requieren su firma mediante sello electrónico al tratarse de una actuación administrativa automatizada competencia de la Secretaría General Técnica, en virtud de sus competencias en materia de personal.
Por tal motivo, para beneficiarse de dicha utilidad, es preciso modificar el apartado dispositivo quinto de la Resolución de la Secretaría General Técnica de 23 de septiembre de 2019, para incluir entre las actuaciones administrativas automatizadas en las que podrá utilizarse el sello electrónico los informes, certificados y demás documentos acreditativos de la información obrante en los Sistemas Centralizados de Personal y Nóminas en relación con las actuaciones automatizadas definidas en dichos Sistemas competencia de la Secretaría General Técnica.
Considerando lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula el sello electrónico como sistema de identificación de las Administraciones Públicas, así como lo dispuesto en el artículo 24.2 del Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que determina que la creación de los sellos electrónicos se realizará por Resolución de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente del departamento u organismo competente de la actuación automatizada, que se publicará en la sede electrónica correspondiente y en la que deberá constar el contenido que en dicho precepto se establece.
Considerando lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 30 de abril de 2015, que regula la política de identificación y autentificación en el ámbito de la administración electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, disponiendo, bajo la rúbrica "Certificados de sello electrónico", la creación de los certificados de sellos electrónicos y su contenido mínimo.
En su virtud,
R E S U E L V O:
Primero.- Modificar el apartado quinto de la parte resolutiva de la Resolución de la Secretaría General Técnica, de 23 de septiembre de 2019, por la que se crean los sellos electrónicos de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, en el siguiente sentido:
Se introduce dentro del apartado quinto de la parte resolutiva de la Resolución de la Secretaría General Técnica, de 23 de septiembre de 2019, el punto 8 que queda con el siguiente tenor:
"8. La emisión de los informes, certificados y demás documentos acreditativos de la información obrante en los Sistemas Centralizados de Personal y Nóminas en relación con las actuaciones automatizadas definidas en dichos Sistemas competencia de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos".
Segundo.- El resto de apartados quedan con el mismo tenor.
Tercero.- La presente Resolución se publicará en la sede electrónica de esta Consejería y surtirá efectos desde dicha publicación. Además, se publicará en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de marzo de 2020.- La Secretaria General Técnica, María del Carmen Gonzálvez Casanova.
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