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BOC-A-2020-049-1059.
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El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del Convenio.
En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
R E S U E L V O:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de prórroga y modificación del Convenio suscrito entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y Colegio Profesional de Educadores y Educadoras Sociales de Canarias (CEESCAN), para la mejora del sistema educativo y de la educación social.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de febrero de 2020.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.
A N E X O
ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y EL COLEGIO PROFESIONAL DE EDUCADORES Y EDUCADORAS SOCIALES DE CANARIAS (CEESCAN), PARA LA MEJORA DEL SISTEMA EDUCATIVO Y DE LA EDUCACIÓN SOCIAL
En Canarias, a 22 de enero de 2020.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María José Guerra Palmero, Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (en adelante CEUCD) de la Comunidad Autónoma de Canarias, nombrada mediante Decreto 121/2019, de 17 de julio, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 137, de 18.7.19), actuando en nombre y representación de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, en uso de las facultades que le confiere el artículo 29.1.k), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canaria (BOC nº 96, de 1.8.90), en su redacción actual.
De otra parte, D. Francisco Fernando Rodríguez Reyes, con DNI ***9202**, actuando en calidad de Presidente del Colegio Profesional de Educadores y Educadoras Sociales de Canarias (en adelante CEESCAN), Corporación de Derecho Público con carácter representativo de la profesión, con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, cuyos Estatutos fueron publicados e inscritos en el Registro de Colegios Profesionales de Canarias con fecha 13 de junio de 2016.
Ambas partes, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal para obligarse en la formalización de la presente Adenda de prórroga y modificación y, en su virtud,
Primero.- Que ambas partes firmaron un Convenio de Colaboración con fecha 22 de septiembre de 2017, para establecer una estrecha colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades y CEESCAN, interlocutor válido, para contribuir a la mejora del sistema educativo canario, aportando, desde la perspectiva de la educación social, un modelo de intervención para Canarias que sea estable y sostenible, fundamentado en el derecho del alumnado a una educación de calidad en una intervención Piloto Experimental.
Que dicho Convenio continúa vigente hasta el 31 de diciembre de 2019, a través de la Resolución de 29 de octubre de 2018, por la que se ordena la publicación de la cláusula novena de la Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades y el Colegio Profesional de Educadores y Educadoras sociales de Canarias (CEESCAN), para la mejora del sistema educativo y de la educación social.
Segundo.- Que la colaboración de CEESCAN se inscribe en el marco de la necesaria participación e intervención de profesionales de la Educación Social en los centros educativos como medio para responder a nuevas realidades sociales, contribuir al desarrollo integral del alumnado y favorecer la necesaria inclusión social, posibilitando la implementación de nuevas vías de actuación. Con la finalidad de mejorar los procesos educativos, tanto la Educación Social como la Educación formal coinciden y confluyen en un objetivo principal: conseguir la inclusión y el desarrollo del individuo en el ámbito personal, familiar y social.
Tercero.- Que desde la CEUCD y CEESCAN existe la voluntad de aunar esfuerzos en la promoción de la Educación Social en todas las facetas dentro del ámbito educativo y social, para el diseño y desarrollo de programas y proyectos que potencien el aprendizaje de habilidades sociales con el fin de afrontar situaciones de riesgo y conflicto dirigido a alumnado en riesgo de exclusión, así como para el diseño y desarrollo de programas y proyectos de animación sociocultural comunitaria incorporando procesos de dinamización cultural y social.
Cuarto.- Que ante el éxito del proyecto piloto ESEC iniciado en octubre de 2017 con la contratación de 36 educadores y educadoras sociales en centros públicos no universitarios de Canarias, se da continuidad a dicho proyecto durante el curso 2018-2019, lo que queda recogido a través de una Adenda de prórroga y modificación de la cláusula novena del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias y el Colegio Profesional de Educadores y Educadoras sociales de Canarias (CEESCAN), para la mejora del sistema educativo y de la educación social. Tras la evaluación externa del proyecto, realizada por la Universidad de La Laguna en el Informe de evaluación de la experiencia piloto ESEC: Intervención de la educadora y educador social en centros educativos no universitarios de Canarias para la mejora del sistema educativo y de la educación social y, vistas las demandas de los centros educativos en referencia a la necesidad de contar con este agente educativo, se hace necesario seguir durante este curso 2019-2020 con la implementación de dicho proyecto con el objetivo de seguir dando respuesta a las distintas necesidades sociales que influyen en el ámbito educativo, contribuyendo de esta manera al fomento de las relaciones entre alumnado-familia-centro educativo-entorno comunitario.
Quinto.- Que la cláusula séptima, sobre duración y extinción del contrato señala que:
"El presente Convenio surtirá efecto desde el momento de su firma y la duración del mismo será de un año, evaluándose al finalizar el mismo la experiencia piloto, en orden a determinar la viabilidad de su generalización progresiva en los distintos centros educativos de Canarias."
Y que esa cláusula séptima se modifica en la Adenda de prórroga y modificación de la cláusula novena del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades y el Colegio Profesional de Educadores y Educadoras sociales de Canarias (CEESCAN), para la mejora del sistema educativo y de la educación social, de la siguiente manera:
"El mencionado Convenio, estará vigente durante el periodo comprendido desde el 22 de septiembre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive, evaluándose al finalizar el mismo la experiencia piloto, en orden a determinar la viabilidad de su generalización progresiva en los distintos centros educativos de Canarias".
Sexto.- Que la cláusula novena del Convenio establecía el sistema de financiación con cargo a los presupuestos de 2017 y 2018. Asimismo, en la Adenda de prórroga se ajustó la cobertura con cargo a los presupuestos de 2018 y 2019 y en la presente Adenda se ajustarán las partidas que se aprueben con cargo al ejercicio de 2020.
Por todo lo expuesto, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente Adenda, de acuerdo con las siguientes cláusulas
CLÁUSULAS
Primera.- Prórroga. La cláusula séptima sobre duración y extinción del contrato, queda redactada como sigue:
"El mencionado Convenio estará vigente durante el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2020, ambos inclusive, evaluándose al finalizar esta experiencia piloto, en orden a determinar la viabilidad de su generalización progresiva en los distintos centros educativos de Canarias".
Segunda.- Modificación cláusula novena. Queda redactada como se indica a continuación:
Para financiar el presente Convenio la Consejería de Educación, Universidades Cultura y Deportes se compromete a aportar la cantidad de 1.192.340,38 euros, a cargo del presupuesto del año 2020. El pago de las citadas cantidades se abonará con cargo a la partida presupuestaria 18.03.321A.480.0100, elemento P.E.P 184G0326, para el año 2020.
Tercera.- Que las obligaciones asumidas entre las partes firmantes de dicho Convenio se entienden vigentes desde la fecha de la firma hasta la fecha de la extinción de la presente Adenda de prórroga y modificación.
Cuarta.- Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado en el Convenio de Colaboración.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por triplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- La Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deporte, María José Guerra Palmero.- El Presidente de CEESCAN , Francisco Rodríguez Reyes.
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