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BOC-A-2020-045-977.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la demandante entidad mercantil Teidagua, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Joaquín Cañibano Martín, contra la demandada entidad mercantil Carpintería Metálica Mondelo, S.L., de las circunstancias de identificación que constan en autos:
1.- Condeno a la entidad demandada a que pague a la mercantil demandante la cantidad de setecientos treinta euros con cuatro céntimos -730,04 euros-, junto con los intereses legales que correspondan.
2.- Condeno a la demandado al pago de las costas de este pleito.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de la Carpintería Metálica Mondelo, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de sentencia.
En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de noviembre de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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