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BOC-A-2020-045-968.
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Examinado el expediente tramitado por la Viceconsejería de Economía e Internacionalización de Becas en Negocios Internacionales durante el periodo 2019-2020, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Vista propuesta de la Viceconsejería de Economía e Internacionalización.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1º.- Mediante Orden nº 106/2019, de 22 de mayo, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, se aprobaron las bases reguladoras que regirán las convocatorias del Programa de Becas en Negocios Internacionales, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (BOC nº 104, de 3.6.19).
2º.- Mediante Orden nº 129/2019, de 12 de junio, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento (extracto publicado en BOC nº 117, de 20.6.19), se convocó el Programa de Becas en Negocios Internacionales para el periodo 2019-2020 (formación teórica y formación práctica).
3º.- Mediante Orden nº 45/2019, de 29 de agosto, de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, se concedieron de forma única y definitiva las becas destinadas a la formación teórica en el ejercicio 2019 del Programa de Becas en Negocios Internacionales para el periodo 2019-2020 (BOC nº 176, de 12.9.19); posteriormente corregida por Orden nº 225/2019, de 3 de diciembre.
4º.- Mediante Orden nº 252/2019, de 17 de diciembre, de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, se concedieron de forma única y definitiva veintidós (22) becas para la formación práctica en el ejercicio 2020, incluida en el Programa de Becas en Negocios Internacionales 2019-2020, y se aprobó la lista de reserva con los candidatos para sustituir a los beneficiarios en caso de no aceptación o renuncia de estos (BOC nº 1, de 2.1.2020).
5º.- Con motivo de renuncias de algunos beneficiarios de las becas de formación práctica y de cambio de destinos, mediante Orden del Consejero de Economía, Conocimiento y Empleo, nº 24/2020, de 21 de enero, se cambia el destino de uno de los beneficiarios y se conceden dos becas destinadas a la realización en el ejercicio 2020 de la formación práctica incluida en el Programa de Becas en Negocios Internacionales para el período 2019-2020 (BOC nº 21, de 31.1.2020); resultando una dotación económica total de la concesión de las veintidós becas de formación práctica en el ejercicio 2020 de 609.071,93 euros.
6º.- Mediante Registro de Entrada - N. General: 229451/2020 - N. Registro: RGE/5980/2020, de fecha 17 de febrero de 2020, la Directora Gerente de PROEXCA presentó al órgano instructor la dotación económica definitiva de las becas destinadas a la realización de la formación práctica en el ejercicio 2020, incluida en el Programa de Becas en Negocios Internacionales 2019-2020, una vez incorporados en destino los 22 becarios, realizados los ajustes por los cambios de destino y la duración del periodo de formación práctica; resultando el importe total de la dotación económica definitiva de la concesión de estas veintidós becas de 602.327,77 euros.
A los que son de aplicación las siguientes
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- De acuerdo con la base decimoquinta apartado 11 de la Orden nº 106/2019, de 22 de mayo, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, se aprobaron las bases reguladoras que regirán las convocatorias del Programa de Becas en Negocios Internacionales, "toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las becas, podrá dar lugar a la modificación de la resolución".
Segunda.- El resuelvo quinto de la Orden nº 252/2019, de 17 de diciembre, de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, por la que se concedieron de forma única y definitiva veintidós (22) becas para la formación práctica en el ejercicio 2020, incluida en el Programa de Becas en Negocios Internacionales 2019-2020, compromete el gasto al que asciende la formación práctica de los beneficiarios por un importe total máximo de seiscientos veintiún mil ciento noventa (621.190,00) euros, sin perjuicio de los posibles ajustes que hubiera que realizar en función de los cambios de destino o de la duración del periodo de formación práctica, que pudieran producirse antes de la incorporación efectiva de estos.
Tercera.- PROEXCA actúa como entidad colaboradora de la Consejería para la gestión de la convocatoria de becas en cumplimiento de la base octava de la Orden de bases.
En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar la dotación económica definitiva de las becas concedidas mediante Órdenes nº 252/2019, de 17 de diciembre, y nº 24/2020, de 21 de enero, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, por las que se conceden veintidós becas destinadas a la realización de la formación práctica en el ejercicio 2020, incluida en el Programa de Becas en Negocios Internacionales 2019-2020, a los beneficiarios que se relacionan en el anexo, con indicación de los periodos de duración de las prácticas y de las dotaciones económicas resultantes.
Segundo.- Autorizar el ajuste del compromiso contable para el total de las becas concedidas a los beneficiarios de las becas de prácticas, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.12.431A.480.02 L.A. 154G0172, "Programa de Becas en Negocios Internacionales", Fondo 4901017, al importe de seiscientos dos mil trescientos veintisiete euros con setenta y siete céntimos (602.327,77 euros) como resultado de la suma de las dotaciones económicas definitivas.
Tercero.- Publicar la presente resolución en la página web de la entidad colaboradora PROEXCA, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas de Gran Canaria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación; con indicación de que en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del mismo o su desestimación presunta.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de febrero de 2020.
LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.
Ver anexo en las páginas 7510-7510 del documento Descargar
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