Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 235.69 Kb.
BOC-A-2020-032-635.
Firma electrónica
- Descargar
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Mediante Decreto 188/2018, de 26 de diciembre, se aprobó la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para 2018 y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud
II.- Por Resolución de 4 de marzo de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos del SCS (BOC nº 47, de 8.3.19), se convocan pruebas selectivas para cubrir sesenta y dos (62) plazas de la categoría de Fisioterapeuta, Grupo A, Subgrupo A2.
III.- Por Resolución de 20 de marzo de 2019 del Director del SCS (BOC nº 59, de 26.3.19) se delegaron en la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud las competencias que en razón de lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, se atribuyen a esta Dirección, en relación al proceso selectivo de la categoría de Fisioterapeuta de referencia.
IV.- En Boletín Oficial de Canarias nº 153, de 9 de agosto de 2019, se publicó el Decreto 268/2019, de 8 de agosto, por el que se nombra a Dña. Blanca Méndez Sánchez Directora del Servicio Canario de la Salud.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes.
Asimismo, en el apartado 6 del propio artículo 9, establece que la delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido.
Segundo.- El artículo 9.3 de la citada Ley 40/2015, establece que las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de este.
Desaparecidas las circunstancias que motivaron la delegación efectuada, y vistos los preceptos de aplicación
R E S U E L V O:
Primero.- Revocar la delegación de competencias efectuada mediante Resolución de esta Dirección del Servicio Canario de la Salud de 20 de marzo de 2019, relativas al proceso selectivo correspondiente a la categoría de Fisioterapeuta, convocado en Resolución de 4 de marzo de 2019 (BOC nº 47, de 8.3.19), en la Secretaría General de este Organismo.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de octubre de 2019.- La Directora, Blanca Méndez Sánchez.
© Gobierno de Canarias