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BOC-A-2020-031-620.
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Energías Alternativas de Las Islas, S.L. promueve la instalación del Parque Eólico Montaña de Arinaga de 18 MW, en los términos municipales de Agüimes e Ingenio en la isla de Gran Canaria.
La instalación ha sido autorizada mediante resolución de la Dirección General de Industria y Energía nº 761/2019, de 1 de abril, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 6/2015, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que regula la instalación y explotación de parques eólicos en Canarias.
La Dirección General de Energía es el órgano sustantivo competente para declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto, según lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
A los efectos previstos en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se somete a información pública la solicitud de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del expediente referenciado, cuyas principales características son:
Emplazamiento: el parque se ubica en Montaña de Arinaga, polígono 1, parcelas 97 y 98. Las instalaciones de evacuación afectan a los términos municipales de Agüimes e Ingenio.
- El parque eólico está formado por:
- 20 aerogeneradores marca ENERCON modelo E-44 de 900 kW de potencia unitaria, con una altura de buje de 55 metros y un diámetro de rotor de 44 metros.
- Red interna subterránea de media tensión con conductores 150 y 240 mm2 Al 12/20 kV que une cada uno de los aerogeneradores con el centro de maniobra y control.
- Línea de evacuación que une el centro de maniobra y control con la subestación Montaña de Arinaga con conductores 3x(2x240) mm2 Al 12/20 kV.
- Subestación de transformación de 45 MWA con relación de trasformación 20/66 kV denominada Montaña de Arinaga, que alberga además un transformador para servicios auxiliares de 50 kVA, con relación de transformación 0,4/20 kV.
- Línea de evacuación que une el centro de maniobra y control con la subestación Montaña de Arinaga con conductores 3x(2x240) mm2 Al 66 kV.
- La subestación Montaña de Arinaga y la línea de interconexión con el punto de conexión en la Subestación de transporte El Escobar 66 kV se diseñan para uso compartido para los parques eólicos Espinales, Montaña de Arinaga y Santa de Lucía del Mar del mismo promotor.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general y, también, especialmente a los propietarios y demás titulares afectados por la instalación, cuya relación se inserta al final de este anuncio como anexo, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos, para que, por cualquier interesado pueda ser examinado el Proyecto de ejecución, y Documentación técnica de afecciones de la instalación, en la oficina de esta Dirección General, sita en la planta 2ª del Edificio de Usos Múltiples III, en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 11:00 a 13:00, así como en el Ayuntamiento afectado, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de treinta días, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de enero de 2020.- La Directora General de Energía, Rosa Ana Melián Domínguez.
Ver anexo en las páginas 4448-4448 del documento Descargar
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