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BOC Nº 237. Lunes 9 de diciembre de 2019 - 5822

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

5822 Viceconsejería de Sector Primario.- Resolución de 21 de noviembre de 2019, por la que se asignan nuevas cantidades de referencia individuales para el bienio 2019-2020 a cada productor de plátanos, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto 143/2009, de 17 de noviembre, que revisa las cantidades de referencia de los productores de plátano conforme a lo establecido en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

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BOC-A-2019-237-5822. Firma electrónica - Descargar

Consultados los datos obrantes en el Servicio de Apoyo a la Producción y Comercialización, relativos a la "Ayuda a los Productores de Plátano IGP", incorporada al Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y de Consejo, de 13 de marzo), y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante el Reglamento (CE) nº 247/2006, del Consejo de 30 de enero, se establecen medidas especificas en el sector agrícola a favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, actualmente derogado por el Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo. En el artículo 9 de dicho Reglamento (CE) nº 247/2006, se establecen programas comunitarios de apoyo a las regiones ultraperiféricas que incluyen expresamente medidas específicas a favor de las producciones agrícolas locales a las que le sea aplicable el Título II de la tercera parte del Tratado. El correspondiente "Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias" fue aprobado como parte del Programa General para Canarias mediante Decisión de la Comisión de 9 de noviembre de 2006.

Segundo.- El Reglamento (CE) nº 2013/2006, del Consejo, de 19 de diciembre, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nº 404/93 (CE) nº 1782/2003 y (CE) nº 247/2006, en lo que respecta al sector del plátano, incorporó nuevos fondos a los programas de apoyo a las producciones agrarias locales previstas en el citado artículo 9 del Reglamento (CE) nº 247/2006, a fin de permitir el establecimiento dentro de dichos programas de medidas a favor de los productores de este sector.

En la modificación del programa correspondiente a la campaña 2007, aprobada por Decisión de la Comisión Europea de 22 de agosto de 2007 [C(2007)3937 final], se incorpora una nueva medida de ayuda a los productores de plátano.

Tercero.- La última modificación del Programa correspondiente a la campaña 2019 ha sido publicitada mediante la Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario nº 171/2019, de 12 de febrero de 2019, por la que se da publicidad a las modificaciones efectuadas en el Programa de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, en virtud del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento y del Consejo, publicada el 14 de febrero de 2019, en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Consejería de Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

Cuarto.- En el apartado "Cantidades de Referencia" de la Medida II "Ayuda a los productores de plátano IGP", se establece que para el año 2009, y a continuación cada dos años, se procederá a revisar las cantidades de referencia individuales de cada productor. Dichas cantidades de referencia constituyen la base principal para la determinación de la ayuda correspondiente a cada beneficiario.

Quinto.- Mediante Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 29 de noviembre de 2017 (BOC nº 239, de 14.12.17), se asignaron las cantidades de referencia para el bienio 2017-2018 a los productores de plátano que tenían asignada cantidad en el bienio 2015-2016, conforme a lo establecido en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Sexto.- Mediante Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 10 de noviembre de 2015 (BOC nº 244, de 18.11.15), se asignaron cantidades de referencia no asignadas a ningún productor de plátanos para la campaña 2015, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 114/2009, de 28 de julio, por el que se crea y regula la reserva de cantidades de referencia no asignadas a ningún productor de plátanos, conforme a lo establecido en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias.

A los citados antecedentes les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para dictar el presente acto, es el titular de la Viceconsejería de Sector Primario, a tenor de lo previsto en el artículo 8.A).b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobado por el Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.7.18).

Segundo.- El Decreto 143/2009, de 17 de noviembre, por el que se revisan las cantidades de referencia de los productores de plátanos conforme a lo establecido en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (BOC nº 230, de 24.11.09), determina el método de cálculo de las revisiones de las cantidades de referencia individuales de cada productor, así como el procedimiento para la asignación de las mismas. El artículo 2 del referido Decreto especifica el método de cálculo a emplear para determinar las nuevas cantidades a partir de los datos que obran en poder de la administración.

Tercero.- Las comunicaciones de traspaso de cantidades de referencia por transmisión de superficies productoras de plátanos relativas a la campaña 2019, serán aprobadas una vez se actualicen las cantidades de referencia, tanto de los cedentes como de los cesionarios, de acuerdo con lo establecido en la Medida II del POSEI y en el citado Decreto 143/2009, de 17 de noviembre, por el que se revisan las cantidades de referencia de los productores de plátano.

Por tanto, esta Viceconsejería de Sector Primario aprobará y dará publicidad a dichos traspasos a través del Anexo VI de la resolución de concesión y pago de la ayuda establecida en la Medida II del Programa POSEI inmediatamente posterior a la resolución por la que se revisan las cantidades de referencia de acuerdo con el Decreto 143/2009, de 17 de noviembre.

Cuarto.- A efectos de cálculo de la revisión de las cantidades de referencia para el bienio 2019-2020, en el caso de aquellas cantidades que han sido asignadas procedentes de la reserva y su asignación definitiva se ha resuelto en la campaña 2018, al haberse constatado el cumplimiento de las condiciones establecidas en el resuelvo primero de la Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario, de 10 de noviembre de 2015 (BOC nº 244, de 18.11.15), a lo largo de dicha campaña, se ha tomado como parámetro de cálculo en la campaña de 2017, para las superficies asociadas a la asignación de dicha reserva, las cantidades finalmente asignadas en la campaña 2018.

Quinto.- Las cantidades de referencia de aquellos productores con asignación de cantidades procedentes de la reserva que han comunicado y/o cumplido, a lo largo de la campaña 2019, las condiciones establecidas en el resuelvo primero de la Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario, de 10 de noviembre de 2015 (BOC nº 244, de 18.11.15), serán asignadas definitivamente una vez se actualicen las cantidades de referencia de los productores individuales que tengan ya asignadas cantidades de referencia, de acuerdo con lo establecido en la Medida II del POSEI y en el citado Decreto 143/2009, de 17 de noviembre, por el que se revisan las cantidades de referencia de los productores de plátano.

Por tanto, esta Viceconsejería de Sector Primario aprobará y dará publicidad a dichas asignaciones definitivas de acuerdo con el Decreto 114/2009, de 28 de julio, a través del Anexo VI de la resolución de concesión y pago inmediatamente posterior a la resolución por la que se revisan las cantidades de referencia de acuerdo con el Decreto 143/2009, de 17 de noviembre.

Sexto.- El artículo 2.2 del Decreto 143/2009, de 17 de noviembre, establece que las cantidades de referencia se determinarán, asociadas a la superficie inscrita de cada productor en el Fichero de Afiliados del Registro de Organizaciones de Productores de Plátano. Asimismo, en la Medida II "Ayuda a los productores de plátano" del POSEI se establece también que dichas cantidades, que servirán de base para el cálculo del componente principal de la ayuda, se determinarán asociadas a la superficie inscrita de cada productor.

Por tanto, todos aquellos productores que no disponen de superficie inscrita en el Fichero de Afiliados del Registro de Organizaciones de Productores de Plátano, no cumplen con dicho requisito, razón por la cual no se les asignará cantidad de referencia alguna y se les retirará aquella que tuviera asignada.

Séptimo.- Mediante la aplicación del método de cálculo citado en el fundamento segundo se obtiene un total de cantidades de referencia de 426.539.006 kg, superándose el límite establecido en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI) para la citada ayuda.

Teniendo en cuenta que la Medida II "Ayuda a los productores de plátano IGP" del citado Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), consiste en una ayuda anual destinada a los productores de plátano fresco con Indicación Geográfica Protegida (IGP) "Plátano de Canarias", excepto los plátanos hortaliza, limitada a una producción máxima de 420.000 toneladas.

Teniendo en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 114/2009, de 28 de julio, por el que se crea y regula la reserva de cantidades de referencia no asignadas a ningún productor de plátanos, conforme a lo establecido en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), a la dotación inicial establecida en dicho decreto, se incrementará para la campaña 2009 y sucesivas con aquellas cantidades de referencia que, a causa de abandonos parciales o totales de la producción u otras circunstancias, quedaran sin asignar a ningún productor de plátanos, comprobándose que, desde la última agnación de cantidades de referencia procedentes de la reserva, se ha generado, mediante los citados abandonos, una reserva de cantidades de referencia de 797.029 kg.

Y teniendo en cuenta que, en la Medida II "Ayuda a los productores de plátano IGP" del citado Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), se establece que, en el caso de que la suma total de las cantidades de referencia en un año dado, incluidas las que se encuentren en la reserva, superen las 420.000 toneladas, se aplicará el adecuado coeficiente de reducción, procede la aplicación, antes de la asignación de las cantidades correspondientes al bienio 2019-2020, de un coeficiente de reducción lineal a las cantidades de referencia calculadas, de tal manera que permita que el total de las cantidades de referencia asignadas, incluidas las que se encuentren en la reserva, no superen las 420.000 toneladas. Dicho coeficiente se fija en 0,98280102.

En virtud de lo anteriormente expuesto, visto el informe-propuesta del Servicio de Apoyo a la Producción y Comercialización de la Dirección General de Agricultura y en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Asignar nuevas cantidades de referencia individuales para el bienio 2019-2020 a los productores de plátano que tengan ya asignadas cantidades de referencia en el bienio 2017-2018, conforme a la relación que figura en el Anexo I de esta resolución.

Segundo.- No asignar nuevas cantidades de referencia individuales para el bienio 2019-2020 y retirar las cantidades de referencia asignadas en el bienio 2017-2018 a los interesados que figuran en el Anexo II por las razones expuestas en el fundamento de derecho sexto.

Tercero.- Notificar la asignación de las nuevas cantidades de referencia mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 3 del Decreto 143/2009, de 17 de noviembre, haciendo constar que contra la misma, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Peca, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de 2019.- El Viceconsejero de Sector Primario, Álvaro de la Bárcena Argany.

Ver anexo en las páginas 41797-41952 del documento Descargar

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