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BOC-A-2019-139-3677.
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D./Dña. María Teresa Oliver Guerra, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de junio de dos mil diecinueve.
Vistos por José Alexis Reyes Negrín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad registrado con el nº 487/2019, seguidos a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por la Letrada Habilitada del Servicio Jurídico del Estado, contra D. Fernando Rodríguez Jiménez, que fue declarado en situación legal de rebeldía procesal.
FALLO
Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros, contra D. Fernando Rodríguez Jiménez; en virtud de lo cual, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone, de forma solidaria, a la parte actora la cantidad de dos mil seiscientos cuarenta euros con treinta céntimos de euro (2.640,30), más los intereses en los términos indicados. Y ello con expresa condena en costas a esta parte demandada.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 455.1 de la LEC.
Llévese el original al libro de sentencias.
Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Fernando Rodríguez Jiménez, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de junio de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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