Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 230.20 Kb.
BOC-A-2019-112-2946.
Firma electrónica
- Descargar
La Letrada de la Administración de Justicia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas:
HACE SABER: en el Rollo de apelación nº 354/18, siendo parte apelante doña Mbarka Ouanane y parte apelada Banco Popular Español, S.A., se dictó Sentencia el 15 de mayo de 2019, que dispone:
FALLO
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de doña Mbarka Ouanane contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arrecife de fecha 23 de marzo de 2018 en los autos de Juicio Verbal [desahucio en precario] nº 676/2017, confirmando dicha resolución, con expresa imposición de costas a dicha parte apelante y declarando la pérdida del depósito constituido al que se dará el destino correspondiente.
Podrá interponerse recurso de casación exclusivamente por interés casacional (artº. 477.2.3º LEC) y, en su caso, conjuntamente, extraordinario por fracción procesal, en el plazo de veinte días ante este Tribunal.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Nicaragua, nº 22, bajo, derecha, Arrecife, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de mayo de 2019.- La Letrado/a de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias