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BOC Nº 106. Miércoles 5 de junio de 2019 - 2800

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona

2800 EDICTO de 20 de noviembre de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000104/2016.

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BOC-A-2019-106-2800. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 12 de noviembre de 2018.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Etelvina López Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000104/2016 seguido entre partes, de una como demandante Riccardo Meringolo y Serge Pierre Maurice Daragón, dirigido por el/la Abogado/a Guillermo de Benito Muñoz y representado por el/la Procurador/a José Antonio Campanario Melián y José Antonio Campanario Melián y de otra como demandada Mirijam Zulger, dirigido por el/la Abogado/a Ana María García Dorta y representado por el/la Procurador/a Cayetana López Adán y D. Mario Albrecht, declarado en rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por D. José Antonio Campanario Melián en nombre y representación de D. Riccardo Merilongolo y D. Serge Pierre Maurice Daragón contra Dña. Mirijam Zulger y D. Mario Albrecht, quedando resuelto el contrato de 17 de noviembre de 2014, por causas imputables a los vendedores y condenando, por tanto, a los demandados a abonar a los primeros la cantidad de 40.000 euros, más los intereses legales desde el 8 de enero de 2016, con expresa condena en costas a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el término de veinte días para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue leída y publicada en el día de su fecha por la Sra. Juez que la suscribe constituido en Audiencia Pública; doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Mario Albrecht, expido y libro el presente en Arona, a 20 de noviembre de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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