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BOC Nº 105. Martes 4 de junio de 2019 - 2765

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria

2765 EDICTO de 8 de mayo de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados nº 0001024/2018.

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BOC-A-2019-105-2765. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de enero de 2019.

Han sido vistos y examinados por D. Juan Carlos Socorro Marrero, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta localidad y su Partido, los autos sobre medidas de guarda y custodia, visitas, y alimentos seguidos con el número de orden 1024/2018, promovidos a instancia de Dña. Lisbeth Andreína Mata Martínez, representada por la procuradora Sra. Romero Hernández y asistida por la letrada Sra. García Cabrera, contra D. Francisco Javier Mavares Laguna, en rebeldía. En este procedimiento ha intervenido el Ministerio Fiscal en la representación que la Ley le asigna.

FALLO

Se estima en parte la demanda sobre medidas de guarda y custodia, visitas y alimentos presentada por la procuradora Sra. Romero Hernández en nombre y representación de Dña. Lisbeth Andreína Mata Martínez.

Se acuerdan a favor de los menores, V.A. y M.A.M.M., hijos de la demandante y de D. Francisco Javier Mavares Laguna, las medidas que se indican en los fundamentos de derecho Tercero y Quinto de esta sentencia.

En este juicio no se impone el abono de costas.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Francisco Mavares Laguna, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de mayo de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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