Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 100. Lunes 27 de mayo de 2019 - 2613

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife

2613 EDICTO de 7 de mayo de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados nº 0000498/2016.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 232.42 Kb.
BOC-A-2019-100-2613. Firma electrónica - Descargar

Dña. María Inmaculada Monllor Gisbert, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife a diez de abril de dos mil dieciocho.

Dña. Nuria Navarro García, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife y su partido, habiendo visto los presentes autos de guarda, custodia y alimentos nº 498/2016 seguidos ante este Juzgado a instancia como parte de Dña. Zunilda Arispe Chávez representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Eulalia Rayas Pastor y asistida de la Letrada Dña. Carolina Marcia Bethencourt González contra D. Wilson Mamani Montaño, en rebeldía procesal; con intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Eulalia Rayas Pastor en nombre y representación de Dña. Zunilda Arispe Chávez contra D. Wilson Mamani Montaño, en rebeldía procesal, y acuerdo las siguientes medidas:

- Se atribuye a la madre la guarda y custodia del hijo J. K. M. A. y se atribuye a la madre el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

- D. Wilson Mamani Montaño deberá abonar, en concepto de alimentos para sus hijos, la cantidad de 150 euros mensuales, para cada uno, dentro de los cinco primeros días de cada mes, debiendo ingresar dicha cantidad en la cuenta bancaria que designe la Sra. Arispe Chávez.

Dicha cantidad se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC.

- D. Wilson Mamani Montaño deberá abonar el 50% de los gastos extraordinarios de sus hijos. Sin imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación a presentar por escrito en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Dña. Nuria Navarro García, Magistrada- Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Wilson Mamani Montaño, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 7 de mayo de 2019.- La Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias