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BOC Nº 73. Lunes 15 de abril de 2019 - 1829

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

1829 DECRETO 33/2019, de 1 de abril, por el que se acuerda la ejecución del proyecto "Parque Eólico Santa Lucía del Mar de 9 MW" (expediente ER-15/0067), promovido por Energías Alternativas de Las Islas, S.L., en los términos municipales de Agüimes, Ingenio y Santa Lucía de Tirajana, y se ordena la iniciación de procedimiento de modificación del planeamiento afectado.

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BOC-A-2019-073-1829. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Industria y Energía para obras de interés general para la instalación de un parque eólico de generación de energía eléctrica.

Resultando que mediante Resolución nº 1785/2017, de 10 de noviembre, de la Dirección General de Industria y Energía (modificada por Resolución nº 1973/2018, de 12 de noviembre, de la Dirección General de Industria y Energía), se emite la Declaración de Interés General de las obras necesarias para la ejecución del Proyecto Parque Eólico Santa Lucía del Mar de 9 MW, en los términos municipales de Agüimes, Ingenio y Santa Lucía de Tirajana, según expediente administrativo ER15/0067.

Resultando que mediante Orden nº 211/2018, de 9 de agosto de 2018, de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque Eólico Santa Lucía del Mar de 9 MW" promovido por Energías Alternativas de las Islas, S.L. en los términos municipales de Agüimes, Ingenio y Santa Lucía de Tirajana (expediente 2017/20359-ORD), resultando ser favorable condicionada.

Resultando que se ha efectuado el correspondiente trámite de audiencia a las Corporaciones locales afectadas -Cabildo Insular de Gran Canaria y Ayuntamientos de Agüimes, Ingenio y Santa Lucía de Tirajana- a fin de que informen sobre la conformidad o disconformidad de los proyectos con el planeamiento territorial o urbanístico en vigor, y haciéndoles saber que transcurrido el plazo concedido sin obtener contestación, se entenderá evacuado el trámite y se continuará el procedimiento conforme al artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario.

Visto informe del Cabildo de Gran Canaria, de fecha 15 de enero de 2018.

Visto informe del Ayuntamiento de Agüimes, de fecha 14 de diciembre de 2018.

Visto informe del Ayuntamiento de Ingenio, de fecha 9 de enero de 2019.

Visto que la solicitud de informe al Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana se remitió con fecha 1 de diciembre de 2017, sin que hasta la fecha se haya recibido contestación al respecto.

Visto informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio, de fecha 22 de marzo de 2019.

Visto informe de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento.

Resultando que, a la vista de los informes que constan en el expediente administrativo, ha resultado acreditada la disconformidad del proyecto con el planeamiento que le afecta, en concreto con el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria y con los Planes Generales de Ordenación de Ingenio y de Santa Lucía de Tirajana.

Considerando que concurren razones justificadas de urgencia y excepcional interés que motivaron la declaración de interés general de las obras necesarias para la ejecución del proyecto referido y que se han cumplido los requisitos previstos en el artículo 6-bis de la citada Ley 11/1997, de 2 de diciembre.

Considerando que el apartado 3 del citado artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, establece que "en caso de disconformidad con el planeamiento o en ausencia de éste, se elevará el proyecto al Gobierno de Canarias, el cual decidirá si procede o no su ejecución, y en el primer caso, precisará los términos de la ejecución y ordenará la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial o urbanístico".

De conformidad con el apartado 3 del artículo 6-bis de la citada Ley 11/1997, de 2 de diciembre, a propuesta del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 1 de abril de 2019,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar, con los condicionantes contenidos en la Orden nº 211/2018, de 9 de agosto de 2018, de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, la ejecución del proyecto "Parque Eólico Santa Lucía del Mar de 9 MW" (expediente ER15/0067), promovido por Energías Alternativas de las Islas, S.L. en los términos municipales de Agüimes, Ingenio y Santa Lucía de Tirajana, que obra en la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento.

Segundo.- Ordenar paralelamente la iniciación del procedimiento de modificación del planeamiento territorial y urbanístico afectado (en concreto, el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria y los Planes Generales de Ordenación de Ingenio y de Santa Lucía de Tirajana), en el plazo de seis meses desde la notificación del presente Decreto, en todas aquellas determinaciones que resulten incompatibles con la ejecución del proyecto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva, expresamente, el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 1 de abril de 2019.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Fernando Clavijo Batlle.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONOCIMIENTO,

Pedro Ortega Rodríguez.

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