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BOC Nº 61. Jueves 28 de marzo de 2019 - 1468

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

1468 EDICTO de 15 de febrero de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000310/2018.

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BOC-A-2019-061-1468. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Jenny Mora Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Sobre: reclamación de cantidad.

Parte demandante: Comunidad de Propietarios Residencial Sol Paraíso.

Procuradora: Dña. María Gloria Oramas Reyes.

Abogada: Dña. Elena de Cristo Díaz Sánchez.

Parte demandada: Dña. Alicia Cristina Piatti de Rodríguez y D. Pedro Amor Rodríguez Niemietz.

SENTENCIA

Arona, 14 de febrero de 2019.

Juez Francisco Borja Abeijón Pérez.

FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Gloria Oramas Reyes, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Residencial Sol Paraíso, contra Dña. Alicia Cristina Piatti de Rodríguez y D. Pedro Amor Rodríguez Niemietz y, por tanto, se condena a Dña. Alicia Cristina Piatti de Rodríguez y D. Pedro Amor Rodríguez Niemietz, de forma solidaria, a pagar cinco mil setenta y nueve euros con veintitrés céntimos de euro (5.079,23 euros) a favor de la Comunidad de Propietarios Residencial Sol Paraíso; junto con los intereses legales de dicha cantidad, que se devengan desde la interposición de la demanda, el 19 de marzo de 2018.

Todo ello con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución. Asimismo será necesario para poder interponer el recurso, salvo que el recurrente tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, constituir depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, lo que deberá ser acreditado.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Alicia Cristina Piatti de Rodríguez y Pedro Amor Rodríguez Niemietz, expido y libro el presente en Arona, a 15 de febrero de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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