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BOC-A-2019-034-746.
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D./Dña. Erika Toledo Ramírez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por el procurador de los Tribunales Sr. Muñoz Correa, en nombre y representación de la entidad Banco Santander, S.A., contra los ignorados ocupantes del inmueble sito en la calle Gobernador Marín Acuña, nº 60, planta 3ª, puerta izquierda, C.P. 35014, de Las Palmas de Gran Canaria, en rebeldía procesal, por lo que debo condenar a los demandados al desalojo de la vivienda propiedad de la actora en el plazo de 15 días desde la notificación de la presente resolución, con imposición de las costas.
Esta resolución es susceptible de recurso de apelación en ambos efectos ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Las Palmas en el plazo de los veinte días siguientes a contar desde su notificación.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. desconocidos ocupantes y Jonatan Rodríguez Rivero, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de diciembre de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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