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BOC-A-2018-151-3734.
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BDNS (Identif.): 410661.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva así como de sus viviendas, las comunidades de propietarios y las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, que cumplan los requisitos establecidos en las bases.
Segundo.- Objeto.
La actividad subvencionable consiste en financiación de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras están contenidas en esta misma Orden.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía prevista para estas subvenciones es de 2.265.000 euros para el ejercicio 2018.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente convocatoria.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 2018.- La Directora, p.s. (Resolución Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda de 26.7.18), el Viceconsejero de Políticas Sociales y Vivienda, Francisco Gaspar Candil González.
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