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BOC-A-2018-151-3732.
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BDNS (Identif.): 410659.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios las personas físicas que sean titulares de un contrato de arrendamiento para vivienda habitual y permanente y que cumplan los requisitos establecidos en las bases.
Segundo.- Objeto.
La actividad subvencionable consiste en el arrendamiento de una vivienda para destinarla a domicilio habitual y permanente durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2019, en los términos previstos en el artículo 2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras están contenidas en esta misma Orden.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía prevista para estas subvenciones es de 1.875.000,00 euros para el ejercicio 2018 y 1.875.000,00 para el ejercicio 2019.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente convocatoria.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 2018.- La Directora, p.s. (Resolución de la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda de 26.7.18), el Viceconsejero de Políticas Sociales y Vivienda, Francisco Gaspar Candil González.
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