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BOC-A-2018-146-3617.
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BDNS (Identif.): 409529.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index), así como en la sede electrónica de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, https://sede.gobiernodecanarias.org/cepsv/procedimientos_servicios/tramites/5195.
Primero.- Beneficiarios.
Podrán acogerse a las subvenciones objeto de la presente Orden, las asociaciones y fundaciones del tercer sector de acción social y sus federaciones, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y que se encuentren inscritas en el registro regional de entidades colaboradoras en la prestación de servicios sociales de Canarias.
Segundo.- Objeto.
Uno.- El objeto de las subvenciones que se regulan mediante estas bases es financiar la ejecución de actividades y proyectos que tengan como finalidad:
1. La promoción de los derechos de las personas con discapacidad y personas en situación de dependencia y sus familias.
2. Potenciar nuevas líneas de intervención social para promover una red de apoyo a proyectos pioneros en materia de atención a la discapacidad.
Los proyectos deberán acogerse a alguna de las siguientes líneas de actuación:
Línea 1 Promoción de la autonomía personal: Habilitación y terapia ocupacional, Atención temprana, Estimulación cognitiva, Promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional, Habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual, Apoyos personales, atención y cuidados en alojamientos de soporte a la inclusión comunitaria.
Línea 2 Integración social de personas con discapacidad o en situación de dependencia: Actividades que tengan como finalidad la integración social de personas con discapacidad: eventos deportivos, sociales, de ocio, actividades formativas, de sensibilización, etc.; Actividades que estimulen la participación social de las personas con discapacidad o en situación de dependencia; Actividades que estimulen la participación en la vida pública de las personas con discapacidad o en situación de dependencia.
Línea 3 Servicios de apoyo a la familia: Respiro familiar y servicios que presten asesoramiento, información y orientación a las familias de personas con discapacidad, en situación de dependencia o en situaciones previas.
Línea 4 Accesibilidad a la comunicación
Línea 5 Servicio de transporte adaptado no regular.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 20 de julio de 2018, de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda por la que se convocan para 2018 subvenciones mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de proyectos y actividades que fomenten los derechos de las personas en situación de dependencia y personas con discapacidad, y se establecen las bases reguladoras de las mismas.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Cuarto.- Cuantía.
La convocatoria para el presente año 2018 asciende a la totalidad de 2.997.838,66 euros, distribuida en las siguientes aplicaciones presupuestarias:
2308 231M 234G0173 "Prestaciones Sistema Dependencia" 4800000, por un importe de 408.918,00 euros.
2308 231N 234G0152 "Servicio de atención a personas con discapacidad", 4800000, por un importe de 689.634,35 euros.
2308 231N 234G0174 "Servicio de atención a personas con discapacidad", 4800000, por un importe de 1.899.286,31 euros.
La cuantía individualizada de la subvención solicitada no podrá ser inferior a 10.000 euros ni alcanzar los 60.000 euros, y podrá suponer el 100% del coste total del proyecto objeto de subvención. Se desestimarán las solicitudes que incumplan los límites del párrafo anterior.
Cada entidad no podrá recibir subvenciones por un importe global que supere los 100.000 euros, salvo que, tras efectuar el reparto entre todas las entidades que resulten beneficiarias, sobrase presupuesto.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Sexto.- Otros datos.
Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida en la base octava se cumplimentarán exclusivamente a través de la sede electrónica de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/cepsv/procedimientos_servicios/tramites/5195.
A la solicitud se deberá acompañar la siguiente documentación:
Memoria descriptiva y plan de financiación según modelo oficial.
Fundaciones: copia de los estatutos de la fundación y de la escritura pública de constitución y sus modificaciones. Declaración responsable de que se encuentra inscrita en el registro de fundaciones.
Asociaciones y sus federaciones: copia de los Estatutos debidamente actualizados y registrados en el registro de asociaciones de Canarias. Declaración responsable de que se encuentra inscrita en el registro de Asociaciones.
Compromiso de cesión de toda la documentación generada en la ejecución del proyecto.
Identificación del convenio colectivo de aplicación al personal a contratar con cargo a la subvención solicitada.
Cumplimentar las declaraciones responsables incluidas en el documento de solicitud.
Resto de información y documentación que permita acreditar los criterios de evaluación recogidos en la base décima.
Si el solicitante no autoriza a la Administración a recabar la siguiente documentación, la deberá aportar en el momento de la solicitud:
Certificaciones de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, Certificación del registro de asociaciones de Canarias, donde conste la inscripción de la asociación, la identidad de los órganos de representación, y la delegación de sus facultades, así como certificación sobre la declaración de utilidad pública o de interés público y su revocación; Certificación del registro de fundaciones de Canarias, donde conste la inscripción de la fundación y la identidad de sus órganos de representación y gobierno; Certificación de que la entidad está inscrita en el registro regional de entidades colaboradoras en la prestación de servicios sociales de Canarias, donde constará la fecha de inscripción. En su caso, certificación de la inscripción se encuentra en trámite; En su caso, Certificación de que la entidad está acreditada como servicio o centro de la dependencia, o que se encuentra en trámite de acreditación.
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de julio de 2018.
LA CONSEJERA DE EMPLEO,
POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,
Cristina Valido García.
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