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BOC-A-2018-138-3451.
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del Cabildo Insular de Gran Canaria, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de abril de 2018, sobre aprobación inicial de la modificación del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración, en concreto de su artículo 67; cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Artículo 67.- 1. En cumplimiento de la Disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el Órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos, estará asistido de una Mesa constituida, con carácter permanente, de la siguiente forma:
a) Por una Presidencia a desempeñar por el titular de la Consejería con competencia en materia de Contratación.
b) Por un número de miembros electos que no pueden suponer más de un tercio del total de componentes de la mesa.
c) Por el Titular de la Asesoría Jurídica y de la Intervención General de la Corporación Insular, o funcionarios en quienes deleguen, como Vocales necesarios.
d) Por un Secretario, que será el funcionario responsable del Servicio de Contratación u otro funcionario del mismo Servicio en el que delegue.
e) Y por el personal funcionario o laboral de la Corporación Insular que se considere necesario para garantizar la adecuada adjudicación del contrato, que cuente con la especialización precisa para la asistencia técnica a la Mesa Permanente de Contratación.
Todos los citados componentes de la Mesa de Contratación tendrán dos suplentes.
2. El Consejo de Gobierno Insular procederá, mediante Acuerdo, a nombrar a los miembros de la Mesa y a sus suplentes, los cuales ejercerán las funciones que la Ley de Contratos del Sector Público atribuye a la Mesa de Contratación, sin perjuicio de su desarrollo reglamentario.
3. En todo lo que sea de aplicación regirán, subsidiariamente, las normas generales reguladoras de funcionamiento de los órganos colegiados.
4. Las Mesas de Contratación de los organismos dependientes del Cabildo de Gran Canaria contarán con la presencia, en todo caso, de quienes tengan atribuidas las funciones propias de Intervención, Asesoramiento legal preceptivo y Contratación en los correspondientes Organismos o, en el Cabildo de Gran Canaria de conformidad con lo que, en su caso, establezcan sus Estatutos.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de julio de 2018.- El Presidente del Pleno, p.d. (Decreto nº 37/15, de 23.6.15), el Consejero de Gobierno de Hacienda y Presidencia, Pedro Justo Brito.
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